Atribuciones De La Junta De Vigilancia
a) Llevar un registro de los profesionales de su ramo en el cual inscribirán a todos los
Académicos egresados o incorporados en la respectiva facultad dela Universidad de El
Salvador y de los egresados de las facultades respectivas en Universidades Legalmente
establecidas en el país;
b) Inscribir en el registro de profesionales a los académicosque reciban su título en las
Universidades legalmente establecidas en el país y de los incorporados en la Universidad de El
Salvador. Para este efecto, la Secretaría General de cada una de lasUniversidades
comunicará inmediatamente a la Junta de Vigilancia respectiva, la expedición del título
correspondiente;
c) Vigilar el ejercicio de la profesión correspondiente y sus respectivasactividades auxiliares a
que se refiere el inciso segundo del Art. 5 del presente Código; así como velar porque estas
profesiones no se ejerciten por personas que carezcan del título correspondiente,exigiendo el
estricto cumplimiento de las disposiciones penales relativas al ejercicio ilegal de las
profesiones;
ch) Formular ls anteproyectos de Ley, y reglamentos correspondientes al ejercicio decada
una de las profesiones respectivas, sometiéndolos a la consideración del Consejo;
d) Vigilar y controlar el funcionamiento de droguerías, farmacias, laboratorios de prótesis
dentales,laboratorios químicos, laboratorios farmacéuticos, laboratorios biológicos, laboratorios
clínico-biológicos, gabinetes radiológicos, hospitales, clínicas de asistencia, gabinetes ópticos y
demásestablecimientos particulares dedicados al servicio y atención de la salud Pública;
e) Rendir informe razonado ante el Consejo de las diligencias a que se refiere el literal d) del
Art. 4 del presenteCódigo;
f) Intervenir a petición de parte en aquellos casos en que surja desaveniencia entre un
profesional y su cliente o entre un establecimiento de los comprendidos en este Código y las
personas...
Regístrate para leer el documento completo.