audi
percepción o recaudación de los fondos, debiendo establecerse el monto, el concepto, e
identificar al deudor, con indicación de la fecha en que deberá hacerse efectiva la cobranza
correspondiente y, de ser el caso, la periodicidad de la cobranza, intereses aplicables y
tratamiento presupuestal de la percepción o recaudación.
1.2 Lainformación de esta etapa de la ejecución de los ingresos se registra en el SIAFSP
sobre la base de la documentación sustentatoria respectiva.
2Artículo 2.- Percepción de los ingresos públicos
2.1 La percepción es la etapa de la ejecución financiera de los ingresos en la que se
recauda, capta u obtiene efectivamente los ingresos sobre la base de la emisión o, de ser el
caso, la notificación de ladocumentación generada en la fase de la determinación.
2.2 Los referidos ingresos deben ser registrados en el SIAF-SP, sustentando dicho
registro con documentos tales como: recibos de ingresos, papeletas de depósito, notas de
abono, tickets, boletas de venta, facturas, o los correspondientes estados bancarios, según sea
el caso.
2.3 El registro en dicho sistema de las captaciones vinculadascon operaciones de
endeudamiento se efectúa conforme a los procedimientos y plazos establecidos por el Sistema
Nacional de Endeudamiento a través de la Resolución Directoral Nº 21-2006-EF de fecha 25 de
setiembre de 2006.
3Artículo 5.- Registro del proceso de ejecución del gasto
El gasto se sujeta al proceso de la ejecución presupuestal y financiera, debiendo
registrarse en el SIAF-SP losdatos relacionados con su formalización en el marco de las
normas legales aplicables a cada una de sus etapas: Compromiso, Devengado y Pago.
4Artículo 6.- Información de los compromisos para la programación de la
ejecución financiera
6.1 Para efectos de la ejecución financiera y demás operaciones de tesorería, el monto
total de los compromisos debe registrarse en el SIAF-SP de acuerdo con lasnormas y
procedimientos establecidos legalmente en la etapa de ejecución presupuestal, debidamente
sustentados con los documentos que señalan las normas vigentes, no debiendo exceder el
límite ni al período fijado a través del respectivo Calendario de Compromisos.
6.2 Los datos relacionados con el Gasto Comprometido, tales como la Meta
Presupuestaria y Cadenas de Gasto aplicables, deben serreflejo de la documentación
sustentatoria, debiendo contar con la correspondiente conformidad de los responsables de su
verificación, previo al ingreso de los datos en el SIAF-SP, a fin de evitar posteriores solicitudes
de regularización y reasignación.
6.3 El número de registro SIAF-SP del Gasto Comprometido debidamente formalizado
debe ser consignado en el documento sustentatorio de esta etapade la ejecución.
5Artículo 7.- Modificación del Registro Único del Contribuyente (RUC)
Únicamente en casos de errores materiales podrá modificarse el RUC del proveedor
procesado en el SIAFSP en la etapa del Compromiso. Este procedimiento sólo podrá ser
realizado con la debida sustentación por el Director General de Administración o por quien
haga sus veces, para cuyo efecto accederá con surespectiva clave electrónica.
En tanto la DNTP no haya asignado la mencionada clave electrónica, la modificación
del RUC será efectuada previa solicitud expresa y debidamente sustentada a dicha Dirección
Nacional.
6Artículo 8.- Documentación para la fase del Gasto Devengado
El devengado se sustenta únicamente con alguno de los siguientes documentos:
1. Factura, boleta de venta u otroscomprobantes de pago reconocidos y emitidos de
conformidad con el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT.
2. Orden de Compra u Orden de Servicio en contrataciones o adquisiciones de menor
cuantía o el Contrato, acompañado con la respectiva factura, únicamente en los casos a que se
refiere el inciso c) del numeral 9.1 del artículo 9.(*)
(*) Numeral modificado por el Artículo 1 de...
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