Audiencia Inicial
Consideramos que el señor Carlos Patiño es inocente de las conductas típicas por la cuales se le inculpa, y se evidencia una violación a sus derechos humanos reconocidosen la Constitución y Tratados Internacionales por parte de la Institución del Ministerio Publico ya que como se puede corroborar todo el proceso llevado en su contra tiene un carente sustento paradeterminar la posible culpabilidad de los delitos que se le imputan, ya que no hay pruebas suficientes y fehacientes que corroboren los delitos que se han determinado en su contra, así como lasdiligencias realizadas por los elementos policiacos son carentes de sustento, pues nunca hubo una manifestación expresa a solicitud del Ministerio Publico para actuar en coordinación del mismo y llevar acabo alguna indagatoria sobre su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, nunca hubo mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento, y jamásse actuó en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución con relación a lo queestablece el artículo 16 Constitucional y 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
En lo referente a la privación ilegal de la libertad, el C. Carlos Patiño nunca fue presentado ante la...
Regístrate para leer el documento completo.