Audiencia

Páginas: 18 (4422 palabras) Publicado: 19 de febrero de 2013
JESUS B. GOMEZ
Inpreabogado N° 103.837
EXPEDIENTES:
Asunto Principal N° 2U-728,
Del Tribunal Segundo de Juicio
N° 1C-16.449-12 / S1C-151-12,
N°04-DDC-F1-1027-12 – (1C-2906 – 12),
N° 04-DDC-F16-0508-12,
N° 04-DDC-F2-0605-12,
Audiencia Especial por motivo de salud.
CIUDADANA:
DRA. ZUJENNY FERNÁNDEZ.
Juez Tercero en Funciones de Control del Circuito JudicialPenal del Estado Apure.
Su Despacho.

Nosotros, JESUS BALMORE GOMEZ y YOLEYVER SAMUEL GÓMEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, de profesión Abogados, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.-V- 7.002.341 y -V- 19.012.849 e inscritos en el I.P.S.A. con los inpreabogados bajo los Nos. 103.837 y 160.788 respectivamente, con domicilio Procesal en la Calle: Principal,Nº 84, Urbanización La Guamita, Parroquia El Recreo, Municipio San Fernando del Estado Apure, actuando en nuestro carácter de defensores del ciudadano: JESÚS BALMORE GÓMEZ AGUILAR, plenamente identificado en las actas de los expedientes, tal como consta en el Asunto Principal: N° 2U-728, Del Tribunal Segundo de Juicio; - N° 1C-16.449-12 / N° S1C-151-12 / N° 04-DDC-F1-1027-12 –(1C-2906 –12), N° 04-DDC-F16-0508-12, N° 04-DDC-F2-0605-12, nomenclaturas llevadas por ante los Tribunales y las Fiscalías del Ministerio Público, acudimos ante su Competente Autoridad a los fines de interponer Acción de Amparo Constitucional en conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 numerales 1°, 2° y 5° del artículo, 29, 31, 44 numerales 1°, 49 numerales 1°, 2°, 3° y 8°, 51, 83, 257,285, y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, todos en una debida concordancia con lo contenido de conformidad a lo establecido en los Artículos 243, 244, 246 y 247 del Código Orgánico Procesal Penal; para solicitar y exponer lo siguiente:
En el día de hoy, lunes Veinticuatro (24) de Noviembre de 2012, siendo las 04:00 horas de la tarde, comparecemos por esteTribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, a los fines de solicitar una Audiencia Especial por motivo de salud de conformidad en conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 numerales 1°, 2° y 5° del artículo, 29, 31, 44 numerales 1°, 49 numerales 1°, 2°, 3° y 8°, 51, 83, 257, 285, y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,todos en una debida concordancia con lo contenido de conformidad a lo establecido en los Artículos 243, 244, 246 y 247 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo cual acudimos ante su competente autoridad, a los fines de se sirva admitir la presente solicitud de Audiencia por razones humanitaria de salud, en aras de garantizar el derecho a la salud, consagrado en el Artículo 83 de la Constitución dela República Bolivariana de Venezuela, considerando esta defensa lo establecido en los Artículos 243.
“Artículo 243: Toda persona a quien se le impute participación en un hecho punible permanecerá en libertad durante el proceso, salvo las excepciones establecidas en este Código. La privación de libertad es una medida cautelar, que sólo procederá cuando las demás medidas cautelares seaninsuficientes para asegurar las finalidades del proceso”.

Así se desprende que, el estado de libertad en la persona que es sometida a un proceso penal es la regla, sin embargo, se establecen excepciones a la aplicación de esa regla, como por ejemplo cuando estamos en presencia de la presunta comisión de delitos graves, por la cual no permite, a criterio de este decisor, de conformidad con lo previsto...
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