Auditoria de cumplimiento
CENTÉSIMO DECIMOQUINTO: Se propone aprobar con modificaciones el Artículo 96, al agregar el término “públicas y” después de las personas jurídicas; reducir de doscientos (200) trabajadores a cincuenta (50) trabajadores; agregar “al excedente de esta partida después decumplida sus obligaciones legales” a fin de que no se pueda eludir so pretexto de aportes a otros entes el cumplimiento de sus obligaciones legales, las cuales son prioritarias. Incorporar “los aportes para las sociedades civiles, asociaciones, cooperativas”. Se agregó un tercer párrafo cuyo contenido es el siguiente: “También están obligadas, en función de su responsabilidad social, las personasjurídicas fabricantes de bebidas alcohólicas o importadoras de estas sustancias, a destinar el 1 % de sus ganancias netas anuales a la construcción y mantenimiento de centros de Prevención, Desintoxicación, Tratamiento y Rehabilitación de personas alcohólicas.
El Estado, a través de la Coordinación de la CONACUID y los Ministerios competentes, coordinará la distribución de estos centros en todo elpaís, de acuerdo a los recursos obtenidos y de la incidencia del consumo de alcohol en los distintos Estados. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con multa equivalente a 3.000 U.T. y el decomiso del 1 % de sus ganancias netas anuales a los fines de ser destinados a la construcción y mantenimiento de los Centros que establece este artículo y en caso de reincidencia, con lasuspensión de sus actividades por un lapso de 6 meses a 1 año”, quedando su texto como sigue:
Artículo 96. Previsión presupuestaria para programas obligatorios de información, formación y capacitación de sus trabajadores. Las personas jurídicas, públicas y privadas que ocupen cincuenta (50) trabajadores o más, destinarán el uno por ciento (1%) de su ganancia neta anual, a programas de prevenciónintegral social contra el tráfico y consumo de drogas ilícitas, alcohol y tabaco, y sus mezclas, como el chimó, para sus trabajadores y entorno familiar, y de este porcentaje destinarán el 0,05% para los programas de protección integral a favor de niños, niñas y adolescentes, a los cuales le darán prioridad absoluta. Los aportes para las sociedades civiles, asociaciones, cooperativas y fundaciones yorganizaciones no gubernamentales en general para programas concretos serán imputables al excedente de esta partida después de cumplida sus obligaciones legales. Las personas jurídicas pertenecientes a grupos económicos se consolidarán a los fines de cumplir con esta previsión.
Cumplirán con esta disposición los sujetos obligados que conjuntamente destinen esta previsión a los programas deprevención, control y detección del delito de legitimación de capitales para sus trabajadores de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Los entes de tutela especificarán mediante resolución las actividades, dotación de equipos y sistemas que sean imputables a esta partida.
También están obligadas, en función de su responsabilidad social, las personas...
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