Auditoria de politicas de informacion.
(BORRADOR)
El acceso a los recursos informáticos y de comunicaciones compartidos por la
Comunidad Universitaria obliga a ésta a dotarse de unas normas mínimas que
garanticen al conjunto de usuarios el uso y disfrute de dichos recursos en las
debidas condiciones. Tales normas deben enmarcarse en el pleno respeto al
tratamiento de los datosde carácter personal en los términos señalados en la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. Especial atención merece, en este sentido, el respeto a la privacidad del
contenido de los mensajes de correo electrónico, sin menoscabo de la capacidad de
la USAL para la aplicación sistemática de programas de detección y eliminación de
virus a losmensajes que llegan a la estafeta.
Igualmente importante es optimizar las capacidades de la USAL en lo relativo a la
adquisición, gestión y mantenimiento de su parque informático. La existencia de
una gran diversidad de equipos y sistemas debilitaría la posición de la Universidad,
por lo que parece recomendable promover el establecimiento de políticas de
homologación y recomendaciones sobreproductos informáticos.
En virtud de todo lo anterior, y con la aprobación del Consejo de Gobierno, se
establece la siguiente normativa, que afecta a operaciones críticas como la
conexión a la red de datos de la USAL y el acceso a los diversos servidores
centrales, sin olvidar otras áreas igualmente sensibles, como los servicios de
gestión de la Universidad y las aulas de informática. Se hanincluido, asimismo,
algunas pautas básicas que son de obligado cumplimiento para todos los usuarios
de equipos informáticos de la Universidad.
Normas de carácter general
1. Los sistemas informáticos de la USAL, incluida su red de comunicaciones, están
al servicio del cumplimiento de los fines propios de la institución universitaria en los
ámbitos de la investigación, la docencia y la gestión.Cualesquiera otros usos
estarán en todo momento subordinados a dichos fines. Los usuarios deberán
extremar la atención sobre las siguientes cuestiones:
a) Cualquier equipo que tenga autorización para conectarse a la red de la USAL,
aunque no sea propiedad de la Universidad, quedará sujeto a las normas
contenidas en este documento y tendrá un responsable designado. En el caso de
equipos de usopersonal el responsable será el usuario habitual. En el resto de los
equipos deberá existir un administrador que actuará como responsable del equipo.
b) La capacidad de transmisión de datos de la red es un recurso limitado,
compartido por todos los usuarios. Por ello no se permiten las transferencias de
datos excesivas o muy voluminosas, de carácter no justificado, o que puedan
comprometer lanormal actividad de la Universidad. Esto incluye la sintonización de
emisoras de radio o de televisión a través de Internet, así como la descarga o
distribución de materiales de audio y video de uso personal.
c) Los usuarios deberán mantener instaladas en sus equipos, y actualizadas
periódicamente con arreglo a los procedimientos establecidos, las herramientas
antivirus homologadas por laUniversidad. Aun así, deben extremar las
precauciones ante los mensajes de correo electrónico de procedencia desconocida.
En caso de duda nunca se deben abrir los ficheros adjuntos.
2. La asistencia técnica que prestan los Servicios Informáticos está exclusivamente
dirigida a aquellos equipos que sean propiedad de la USAL, inventariados y se
encuentren ubicados en los locales de la Universidad.3. Solamente podrán utilizar los recursos informáticos de la USAL aquellos usuarios,
o grupos de usuarios, que estén expresamente autorizados.
4. La responsabilidad del uso adecuado de las herramientas informáticas, como el
ordenador personal y sus programas instalados, es del usuario del equipo. El
usuario de equipos personales debe procurarse los conocimientos imprescindibles
para el...
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