Auditoria
De acurdo con el Artículo 52 en la fracción I del Código Fiscal de la Federación establece que el Contador Público que dictamine deberá estar registrado ante las autoridades fiscales de conformidad con los términos del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; este registro lo podrán obtener:
Las personas de nacionalidad mexicana que tengantitulo de contador público registrado ante la Secretaría de Educación publica y que sean miembros de un colegio profesional reconocido por la misma Secretaría, cuando menos en los tres años previos a la presentación de la solicitud de registro correspondiente.
Las personas a que se refiere el párrafo anterior, adicionalmente deberán contar con certificación expedida por los colegios profesionales oasociaciones de contadores públicos, registrados y autorizados por la secretaria de educación publica y solo serán validas las certificaciones que le sean expedidas a los contadores públicos por los organismos certificadores que obtengan el reconocimiento de idoneidad que otorgue la secretaria de educación publica; además, deberán contar con experiencia mínima de tres años participando en laelaboración de dictámenes fiscales.
b) Las personas extranjeras con derecho a dictaminar conforme a los tratados internacionales de que México sea parte.
El registro otorgado a los contadores públicos que formulen dictámenes para efectos fiscales, será dado de baja del padrón de contadores públicos registrados que llevan las autoridades fiscales, en aquellos casos en los que dichos contadores noformulen dictamen sobre los estados financieros de los contribuyentes o las operaciones de enajenación de acciones que realice o no formulen declaratoria con motivo de la devolución de saldos a favor del impuesto al valor agregado o cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, en un periodo de cinco años.
El periodo de cinco años a que se refiere el párrafo anterior, se computara a partirdel día siguiente a aquel en que se presento el último dictamen o declaratoria que haya formulado el contador público.
En estos casos se dará inmediatamente aviso por escrito al contador público, al colegio profesional y, en su caso, a la federación de colegios profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión. el contador publico podrá solicitar que quede sin efectos la baja delpadrón antes citado, siempre que lo solicite por escrito en un plazo 30 días hábiles posteriores a la fecha en que reciba el aviso a que se refiere el presente párrafo.
El Artículo 60 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación señala que para efectos del artículo 52 fracción I del Código Fiscal de la Federación, el contador público interesado en obtener el registro a que se refiere dichafracción, deberá solicitarlo al Servicio de Administración Tributaria, acreditando lo siguiente:
Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, con cualquiera de las claves y regímenes de tributación que a continuación se señalan:
a) Asalariados obligados a presentar declaración anual conforme al Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta;
b) Otros ingresos por salarios oingresos asimilados a salarios conforme al Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y Servicios profesionales para los efectos del Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales.
El contador público que presente la solicitud a que se refiere este artículo deberá encontrarse en el Registro Federal de Contribuyentes con el estatus de localizado ensu domicilio fiscal y no haber presentado el aviso de suspensión de actividades previsto en el artículo 25, fracción V de este Reglamento;
II. Contar con certificado de firma electrónica avanzada vigente, expedido por el Servicio de Administración Tributaria o por un prestador de servicios en los términos del Código;
III. Contar con cédula profesional de contador público o equivalente emitida...
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