auditoria
Con fecha 28 de Diciembre de 2,012 fue publicado en el Diario de Centroamérica (Diario Oficial), el Acuerdo Gubernativo No. 359-2012, el cual fija los nuevossalarios mínimos, con vigencia a partir del 1 de enero de 2,013. Se debe tomar en cuenta que también fijaron salario mínimo para la actividad Exportadora y de Maquila, la cual debe entenderse de conformidadcon lo regulado en el Decreto Número 29-89 del Congreso de la República, Ley de Fomento y Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila.
Los salarios mínimos quedan de la siguiente forma:
ACTVIDIDADES
DIARIO
MENSUAL
BONIFICACION
TOTAL
Agrícolas
71.40
2,171.75
250.00
2,421.75
No Agrícolas
71.40
2,171.75
250.00
2,421.75
Exportadora y de Maquila
65.63
1,996.25250.00
2,246.25
Para el cálculo del salario mensual realizarlo de la siguiente manera:
El incumplimiento de estos salarios mínimos, dará lugar a una multa entre tres y doce salarios mínimosmensuales para actividades no agrícolas de conformidad con el artículo 272, literal c) del Código de Trabajo.
( Por: Vesco Consultores , 02/01/2013 )
Oficializan salarios mínimos para el 2013
DiarioOficial publica Acuerdo: Q71.40 diarios en actividades agrícolas y no agrícolas; QQ65.63 para exportaciones y maquilas.
< En los años anteriores la fijación del salario mínimo fue “por decreto”al no alcanzarse acuerdos en la CNS. Los estableció la Presidencia.
< Estos salarios no afectan el pago de la bonificación incentivo.
< El trabajador asalariado no renuncia a ningún derechoadquirido.
< El Mintrab y el Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (Intecap) asesorarán a empleadores interesados en esquemas voluntarios de remuneración conforme a la producción desus empleados.
El Gobierno oficializó hoy los salarios mínimos que regirán en las actividades productivas a lo largo del 2013. Para el efecto publicó en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo...
Regístrate para leer el documento completo.