Auto Admisorio De Amparo Directo
BOCA DEL RIO, VERACRUZ A QUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE.--------------------------------------------------------------------------------------
Se recibe la demanda de amparo suscrita por el C. RICARDO DIAZ MERAZ promoviendo con el carácter de apoderado y representante legal de los demandadosJosé Tamayo Terrazas, Luis Fernando Tamayo Peregrino y Auto Hotel Constelación; con anexos, radicándose bajo el número 235/2012 en el índice de este Juzgado, adjuntándose los autos del juicio principal,así como el informe justificado de la autoridad mencionada como responsable de conformidad con lo establecido en los artículos 147 y 149 de la ley de amparo. Háganse las anotaciones de rigor en ellibro de gobierno correspondiente.
Se PREVIENE a trámite la misma, toda vez que no se encuentran satisfechos los requisitos del artículo 106 fracción III de la ley reglamentaria al solo señalar comoresponsable a la JUNTA ESPECIAL NÚMERO NUEVE DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA CIUDAD DE VERACRUZ con domicilio señalado en la demanda de garantías, sin mencionar las autoridades ejecutorasa quienes acusa de no haber realizado las notificaciones correspondientes de manera correcta. Si el promovente no llenare los requisitos omitidos, no hiciere las aclaraciones conducentes en eltermino señalado en el articulo 146 de la Ley de Amparo este tribunal tendrá la demanda por no interpuesta la demanda.
Se nombra como tercero perjudicado la C. NORMA ESPERANZA PÉREZ YAÑEZ, con domicilioubicado en el número 515 de la calle 20 de Noviembre en Veracruz, Veracruz.
Dese vista al Agente del ministerio Público adscrito para los efectos legales conducentes, con fundamento en el...
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