auto
UNICO.- El treinta de junio del dos mil quince, la Jueza Segunda dePrimera la sentencia en primera instancia dicto el correspondiente Auto de Formal Prisión, cuyos puntos resolutivos son:
PRIMERO.- Este Juzgado segundo de primera instancia en materia penal del distritojudicial de Zitácuaro, Michoacán, es competente para conocer y resolver la presente causa penal. SEGUNDO. En autos se acredito la corporeidad del ilícito de extorsión. En perjuicio de José SigifredoMarín Rebollar, Lorenzo Medina Jaimes, Carlos Moreno Suárez, Sergio Camacho Pérez, Ricardo Perrusquia Arenas y Enrique Colín Ruiz, así como la probable responsabilidad jurídico penal de Manuel ReynaAyala y Gerardo Gallegos Tello, en su comisión. TERCERO.- En consecuencia, con esta fecha y siendo las 10:00 horas, se decreta a Manuel Reyna Ayala y Gerardo Gallegos Tello, auto de formal prisión porsu probable responsabilidad jurídico penal de Extorsión.
Así las cosas se dictó la resolución dentro del Toca de Apelación, en los siguientes términos:
En la cual se decreta la Libertad porfalta de pruebas para procesar bajo las reservas de Ley de GERARDO GALLEGOS TELLO. Ello debido a que existen las siguientes.
DICTAMEN.- no se le otorgo el valor respectivo toda vez que se realizó enbase a constancias.
Declaración ministerial de GERARDO GALLEGOS TELLO.- en la cual manifestó que tiene una concesión de transporte publico desde1994, de la ruta rosa, de esta ciudad, y de la...
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