Autonoma
Artículo 48.
La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo ladirección, coordinación y control del estado, en sujeción a los principios de eficiencia. Universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. A
Se garantiza a todos los habitantes elderecho irrenunciable a la Seguridad Social.
El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de losservicios en la forma que determine la Ley.
La seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la Ley.
No se podrán destinar A ni utilizar los recursos de lasinstituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella.
La Ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante.
Artículo 49.La atención de la Salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el accedo a los servicios de promoción, protección y recuperación A de laSalud.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidady solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de laNación, las Entidades territoriales y los particulares, y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la Ley.
Los servicios de Salud se organizarán en formadescentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.
La Ley señalará los términos en los cuales la atención básica para todos los habitantes será gratuita y obligatoria.
Toda persona...
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