Autonomia de la voluntad
La autonomía privada , en nuestro sistemajurídico, se sustenta en el principio constitucional de que "nadie está obligado a hacer lo que la leyno manda ni impedido de hacer lo que ellano prohíbe", y sus manifestaciones más importantes en el Sistema de Contratación Civil son la libertadde contratar y la libertad contractual.
La libertad de contratar.
Denominada tambiénlibertad de conclusión. Se la define como ".potestad que se concede a cada personade contratar o no y, en caso de hacerlo, para elegir la persona del otro contratante". Es decir, la libertad de contratarotorga a los particulares el derecho de decidir cuándo, cómo y con quién contratar.
La Constitución la regula en su artículo 2º inc. 14[1]como el derecho que tiene a contratar con fines lícitos,siempre que no se contravenga leyes de orden público.
Según el profesor Sessarego "La libertad de contratar está, naturalmente, en función de la libertad y del derecho de los demás. Desconocer estarealidad equivale a negar la calidadontológica del ser humano, lo que significaría sostener, erradamente, que existen derechos subjetivos absolutos".
La libertad contractual.
La libertadcontractual o libertad de configuración interna, es la facultad de determinar libremente los términos y condiciones de un contratoy en cuanto se fundamenta en la libertad de la persona, ésta no es unafacultad absoluta, sino limitada por el respeto de la libertad, intereses y expectativas de los demás.
El sustento de la libertad contractual [2]está también en el principio constitucional de la autonomíade la voluntad regulada en el artículo 2º inc. 24 parágrafo a), además está determinada por los alcances del artículo 62º de la Constitución y el artículo 1354º del Código Civil, ambas disposicionesdeben ser entendidas a la luz del carácter relativo de los derechos subjetivos que postula el humanismo jurídico, según el orden público económico y los principios de la Teoría General del Contrato....
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