Autonomia Del Derecho Bancario
El doctor Jesús de la Fuente Rodríguez es de la opinión que si bien es cierto que el Derecho Bancario tuvo su génesis del derecho mercantil, también es cierto quehoy nadie puede negar la autonomía de que goza el mismo, pues su evolución natural, la profesionalización de la especialización de la materia lo ha llevado de la mano a conquistar su autonomía a gradotal que hoy se considera una disciplina autónoma.
Siguiendo a Guillermo Caballenas, una determinada rama del Derecho será autónoma siempre y cuando tenga:
a) Autonomía legislativa
b)Autonomía científica
c) Autonomía didáctica
d) Autonomía jurisdiccional
Como ya se ha mencionado el Derecho Bancario aun considerado dentro del Derecho Mercantil y más bien afirmaríamos, dentro delDerecho Mercantil Administrativo, tiene autonomía. Expresando este juicio con fundamento en que el Derecho Bancario tiene un objeto propio de conocimiento, una sistematización independiente en cuantoa su estructura, medios propios también de desarrollo y de conocimiento y normas que son especificas para esta materia de aquí que por todo aquello afirmamos que la ciencia del Derecho Bancario es elconjunto sistematizado y unificado de conocimientos sobre las normas, fenómenos e instituciones sociales relativos a las actividades de Banca y Crédito, en busca de principios generales, con unmétodo propio de investigación y desarrollo.
ACOSTA, Romero Miguel, Nuevo Derecho Bancario Panorama del Sistema Financiero Mexicano, octava edición, Porrúa, México 2000, p. 105.
Al cuestionarnos sobreal autonomía de alguna disciplina, en el caso concreto de una rama del derecho que es el Derecho Bancario podemos aterrizar y concretar que efectivamente el derecho Bancario es autónomo. Siguiendo loscriterios que exponen los autores antes mencionados la autonomía se adquiere en varios aspectos importantes a los que harán de este un apartado independiente del estudio del derecho, sin dejar de...
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