Autonomia
Art. 2.- De acuerdo al Art. 185 de la Constitución Política delEstado y al Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana , se entiende por autonomía; la capacidad que tiene la Universidad para la libre administración de su patrimonio, laelección de sus autoridades, el nombramiento de su personal docente y administrativo, la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio, reglamentos y presupuestosanuales, así como la capacidad que se le reconoce para aceptar legados y donaciones, para celebrar contratos y negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previaaprobación legislativa.
Art. 3.- La autonomía universitaria es un derecho imprescriptible e inalienable, que implica obligaciones y reconoce derechos para autoridades, docentes,estudiantes y dependientes administrativos.
Art. 4.- La base de la organización democrática de la Universidad Mayor de San Simón, descansa en la decisión soberana de la totalidadde docentes y estudiantes, expresada mediante el voto universal y el co-gobierno paritario docente-estudiantil.
Art. 5.- La Universidad Mayor de San Simón forma parte delSistema Nacional de la Universidad Boliviana.
Art. 6.- La Asamblea General docente-estudiantil, expresión soberana de la Comunidad Universitaria , se reunirá toda vez que laUniversidad enfrente graves problemas que amenacen su vida institucional autónoma o se presenten serios peligros referidos a las libertades democráticas del pueblo boliviano y será...
Regístrate para leer el documento completo.