Autonomía De Las Entidades Territoriales Como Derecho Fundamental
En la historia y alrededor del mundo la legitimación de nuestros gobernantes contribuye a la evolución y construcción deEstados fuertes y estables. Gran parte de la legitimación de nuestros gobiernos se logra a través de la verdadera representatividad y de su independencia frente a gobiernos centralizados. Partiendo deestas premisas ¿hasta que punto se puede predicar como derecho fundamental las atribuciones y la característica de autónoma de una persona jurídica como lo es una entidad territorial teniendo, en cuentaque se hace alusión a estas facultades en el artículo 287 de la constitución política?.
Dentro del plano de la autonomía territorial podríamos ver a esta como derecho fundamental partiendo de dospuntos de vista dependiendo de la lectura que hagamos de la constitución. Uno dogmático si hacemos una lectura integral y funcional de la constitución y otro orgánico si hacemos una lecturasistemática de la misma. El dogmático como un factor o carácter sin el cual no se puede desarrollar y se pueden afectar derechos fundamentales individuales por conexidad. Y el orgánico estudiándolo desde elpunto de vista de fines fundadores del Estado desarrollando el principio y derecho fundamental internacional de libre determinación de los pueblos. Pues bien sobre este plano es que vamos a desarrollarnuestro escrito.
I. La autonomía de las entidades territoriales como garantía teleológica de los derechos fundamentales individuales.
La autonomía de las entidades territoriales se podríaapreciar en cuanto se afecte o no un derecho fundamental de carácter individual por conexidad. Es decir que por ejemplo y en desarrollo de las facultades desarrolladas en el articulo 287 como garantía dela autonomía territorial el derecho a gobernarse por autoridades propias puede desarrollar la garantía de derechos fundamentales de carácter individual como lo es el derecho a elegir y ser elegido...
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