autoria
Se entienden que son autores quienes realizan el hecho delictivo por si solos , conjuntamente o por medio de otro que se sirven como instrumento. Es decir en un hecho delictivo podemos tener un autor directo (coautoría ), o un autor mediato o indirecto
El autor directo(coautoría) es aquel que va a realizar todos los hechos delictivos, ejemplo en una casa se lleva acabo un robo, es necesario , que se desactive las alarmas, fijarse si alguien está en la casa etc. Esto lo puede hacer una persona sola ,pero también se puede repartir el trabajo a este último se le llama coautoría. El autor mediato o indirecto (es que utiliza a otra persona) ya sea por fuerza física opsicológica , como por ejemplo la intimidación y le obliga realizar un hecho delictivo, pero también podría pasar que el autor mediato ,utilize a otra persona aprovechándose que este tenga algún tipo de discapacidad y no sabe lo que esta haciendo es decir no es conciente que ese hecho va en contra de la ley, el articulo 28 de código penal considera también autor pero solo con los efectos de la pena alinductor, y al cooperador necesario .El inductor es aquella persona que induce a otra a cometer un hecho delitivo, las características de la inducción es que tiene que ser directa y eficaz no sirve que el inductor sugiera a otra persona que cometa un hecho delictivo sino le tiene que convencer para que cometa un hecho delictivo, y conseguir que lo haga en ningún caso el inductor lo esta obligandoel que comete el hecho delictivo lo esta haciendo voluntariamente, sabe perfectamente lo que hace. Cooperador necesario, es aquel que interviene en un hecho delictivo con un acto sin la cual no hubiera habido un hecho delictivo. Por ejemplo un robo a un banco, un persona esta afuera del banco esperando en un automóvil esperando a los delincuentes para facilitarles la huida de los que realmenteestán cometiendo el hecho delictivo, este acto de facilitar la fuga, seria considerado un acto necesario , ya que sin él el robo no se concretaría, el cooperador necesario no participa en el hecho delictivo. Sin embargo no es lo mismo que cómplice, la figura de este aparece regulada en el articulo 29 del código penal (quien participa en la realización de un hecho delictivo) la diferencia entrecooperador necesario y cómplice radica en que la participación del cómplice no es absolutamente necesaria para que se lleve a cabo el hecho delictivo, sin ella igual se hubiera cometido el hecho.
En conclusión en un hecho delictivo son autores el autor directo (coautoría ) y el autor mediato o indirecto ,no son autores pero el código penal los considera como tales al inductor y al cooperadornecesario .
EL ENCUBRIMIENTO
Es una forma de participación en un delito en la que no se ejecuta de manera directa o indirecta el delito ni se ayuda en su realización, sino que realiza aquellas acciones tendientes a impedir a las autoridades judiciales o civiles el esclarecimiento del delito o hacer efectiva la responsabilidad penal de los autores y/o cómplices, sea eliminando u ocultando pruebas opersonas.
Esta figura no está contemplada como forma de participación en el CP español, pero sí en otros ordenamientos, como el chileno (Código Penal de Chile, art. 17). Algunas formas de encubrimiento, como receptación son delitos por sí mismos (art. 298 CP). Otras bien pueden considerarse complicidad, según cierta interpretación del art. 29 C
Las descripciones de los hechos punibles de los...
Regístrate para leer el documento completo.