Autorización Para Subcontratación 2
En Los Ángeles
Nombre:
Ángelo Jara Pedrero
Rut:
16.481.706-7
En Representación de la Contratante:
Nombre:
EMMITECH LTDA
Rut:
76.546.505-2
Y
Nombre:
Ángelo JaraPedrero
Rut:
16.481.706-7
En Representación de:
Forestal Mininco S.A.
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 9º del documento “Bases Generales de Contratación de Servicios” que regula lascláusulas de aplicación general en los contratos que suscribe Forestal Mininco S.A. y CMPC Maderas S.A., con terceros para la prestación de servicios, que ha sido protocolizado con fecha 13 de agosto de2014, en Notaría de San Pedro de la Paz de Don Héctor Sepúlveda Quintana bajo el N° 1.056 repertorio 1.479.
La Contratante viene en solicitar la autorización para subcontratar a las siguientes empresas:Rut
Nombre
Servicio
76.546.505-2
EMMITECH LTDA
TECNICA DE MANTENCION Y MONTAJE INDUSTRIAL
Por su parte CMPC Maderas S.A. autoriza a la Contratante a Subcontratar única y exclusivamente alas empresas indicadas precedentemente y sólo para la prestación del servicio descrito en esta solicitud.
La Contratante se obliga solidariamente al pago y solución de todas las obligaciones laboralesy previsionales de dar de las que sean responsables todas y cada una de las empresas subcontratadas indicadas en el listado que antecede, respecto de sus respectivos trabajadores, de modo que CMPCMaderas S.A., podrá exigir a la solicitante el reembolso de todas las sumas cuyo pago deba asumir o haya asumido por efecto de las deudas laborales y previsionales antes referidas. La solidaridad seextiende al reembolso de cualquier y toda multa, sanción o indemnizaciones de cualquier tipo, que debiere pagar la mandante por causa de actos u omisiones ocurridos con motivo de la ejecución delsubcontrato o por hechos del subcontratista autorizado y/o de sus dependientes, sin excepción.
El solicitante se hace, desde luego, responsable ante la mandante por los hechos de los dependientes del...
Regístrate para leer el documento completo.