Autos: francino, de cazes c/ rodríguez conde.
Tribunal: Cámara Nac. de Apelaciones en lo Civil en Pleno de Cap. Fed.
Parte actora: Francino, de Cazes. Parte demandada: Rodríguez Conde. Fecha: 3 deOctubre de 1951.
Hechos.
Se reúnen en acuerdo plenario los jueces de la Cámara Nac. de Apelaciones a los efectos de fijar doctrina legal aplicable en el supuesto de que en juicio ordinario porescrituración de compraventa voluntaria de un bien inmueble proceda la condena a escriturar por parte del juez, en caso de que el obligado se rehusare hacerlo, o debe resolverse la obligación en el pagode daños y perjuicios.
La minoría fallo a favor de la opción que …”debe resolverse la obligación en el pago de daños y perjuicios”…, con voto predominante del Dr. Sánchez de Bustamante, según lasiguiente fundamentación: debe haber ley de fondo, que reformara la legislación vigente (según la época del plenario), para que la sentencia tenga valor de título y sustituya a la escritura, dejando deser declarativa para transformarse en creadora o constitutiva de derechos; mientras esa ley no exista el contrato hecho en instrumento privado es una promesa de venta a concluirse en un ulteriorcontrato que requiera para su validez la escritura pública, como nadie esta facultado para contratar por un tercero, salvo que el interesado lo autorice o la ley, el juez no puede actuar en nombre o ensustitución del obligado.
La postura mayoritaria, según voto del Dr. Podetti al cual se adhirieron gran parte de los camaristas, mantuvo y confirmó que en caso de condena a escriturar incumplida por elobligado, pedida por el acreedor la escrituración por el juez y salvo imposibilidad material, el juez debe firmar la escritura, según el siguiente fundamento: “dejar al arbitrio del vencido (obligado)el cumplimiento de la sentencia se crearía un nuevo caso de arrepentimiento que el Código Civil no prevé; se privaría a la sentencia de su eficacia de cosa juzgada formal y material; el otorgamiento...
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