Averiguación previa (puebla) artículo 56

Páginas: 11 (2619 palabras) Publicado: 16 de febrero de 2012
SECCIÓN SEGUNDA AVERIGUACIÓN PREVIA (PUEBLA)
Artículo 56
La averiguación de hechos delictuosos puede incoarse de oficio, por querella necesaria o por el informe policial rendido al Ministerio Público de acuerdo con lo previsto en este Código.
Artículo 56 bis
En las actuaciones de averiguación previa los agentes del Ministerio Público observarán, en lo conducente, las formalidades a que serefieren los artículos 20, 21, 25, 26, 30, 32, 34 y 35 de este Código.
Artículo 57
Tratándose de delitos que se persiguen de oficio, bastará para el inicio de la averiguación el informe que rinda la policía, en el que se hagan del conocimiento de la autoridad investigadora hechos que pudieran ser delictivos, al cual se acompañarán los elementos de que se dispongan y que sean conducentes para lainvestigación.
Tratándose de informaciones anónimas, el Ministerio Público deberá, con el apoyo de sus auxiliares y de la policía ministerial, verificar los datos aportados, y en su caso, iniciar la averiguación previa correspondiente.
Artículo 58
Los funcionarios del Ministerio Público, están obligados a proceder de oficio a la investigación de los delitos de que tuvieren noticia, excepto enlos casos siguientes:
I. Cuando se trate de delitos por los que sólo se puede proceder en virtud de querella necesaria, si ésta no ha sido presentada, y
II. Cuando la ley exija algún requisito previo, si éste no se ha cumplido.
Artículo 59
Es necesaria la querella de la parte ofendida en los casos expresamente determinados en el Código de Defensa Social.
Artículo 60
La persona que tengaconocimiento de la comisión de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a denunciarlo al Ministerio Público.
Artículo 61
Son aplicables a las denuncias y querellas, las siguientes disposiciones:
I.- Tanto las denuncias como las querellas pueden formularse oralmente, por escrito o por medios electrónicos.
II.- Las denuncias o querellas formuladas oralmente, serán por vía telefónica opor comparecencia.
Las formuladas por comparecencia, se harán constar en acta que levantará el servidor público que las reciba, y serán firmadas por su autor; si éste no supiere escribir, imprimirá su huella digital al pie de la denuncia o de la querella; y manifestará sus generales, señalando con precisión su domicilio.
Las formuladas vía telefónica, se harán constar en acta que levantará elservidor público que las reciba y a la misma adjuntará el archivo de voz y datos contenidos en los medios aportados por la ciencia o la técnica, así mismo, el autor manifestará sus generales, señalando con precisión su domicilio;
III.- En las formuladas por escrito, el denunciante o querellante será citado para que ratifique el escrito; cuando se trate de servidores públicos que con motivo de susfunciones conozcan del hecho delictivo, podrán ser citados para ratificar la denuncia o querella.
Tratándose de delitos calificados como no graves, el denunciante o querellante podrá hacer uso del formato único que establezca el Ministerio Público para proporcionar información de los hechos probablemente delictuosos, en el que los describa; y firmará o imprimirá la huella digital al pie delescrito o al margen del acta, ante el Representante Social, y
IV.- En las formuladas por medios electrónicos, el servidor público que las reciba dará fe de su contenido y elaborará el acta, misma que anexará a la averiguación previa al igual que el archivo de voz o datos contenidos en los medios aportados por la ciencia o la técnica y la impresión de la denuncia o querella de que se trate; y otorgaráal querellante o denunciante una clave electrónica de acceso que permita el seguimiento de la indagatoria.
Las realizadas vía telefónica o electrónica, deberán ser ratificadas en cualquier momento previo al ejercicio de la acción penal en términos de lo establecido en el presente artículo.
Tratándose de las querellas deberán ser ratificadas en un término máximo de quince días hábiles.
El...
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