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1. Denuncia a Cía. Rímac Seguros
Se trata de una EPS con la Cía. De Seguros Rímac, El Beneficio Anual que ofrece una EPS es siempre muy limitado y asu vez es una póliza corporativa, compartida con otros trabajadores, por lo cual es necesario un incremento en la prima del asegurado que tiene un diagnóstico de alta complejidad como es el Cáncer,pero también se puede ver que el incremento por siniestralidad de cáncer que aplico Rímac para el presente caso es muy elevado (700%), imposible de pagar. Rímac y todas las Compañías que aplicaneste tipo de incrementos deben de reconsiderar que los incrementos son muy elevados.
REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA DE INFORMACION Y CONTRATACION DE SEGUROS
TITULO V
CLAUSULAS Y PRACTICAS ABUSIVASArtículo 17º.- Cláusulas Abusivas o estipulaciones prohibidas
Las cláusulas abusivas o estipulaciones prohibidas son todas aquellas estipulaciones no negociadas por las partes que,contraviniendo las exigencias de la máxima buena fe, causen un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio del asegurado. Dichas cláusulas son nulas de pleno derecho, porlo que se las tiene por no convenidas.
Se considera que una cláusula no se ha negociado cuando ha sido redactada previamente y el contratante no ha influido en su contenido; recae en la empresa laprueba de la negociación previa de la cláusula.
Las estipulaciones prohibidas en el contrato de seguro según el presente caso son las siguientes:
a. Las que contravengan la Ley de Seguros y elordenamiento jurídico vigente.
i. Las que establezcan el cobro de cargos –adicionales a la prima comercial- por concepto de evaluación del riesgo o materia asegurada, de administración, emisión,producción y redistribución de riesgos (coaseguro y reaseguro), y de agenciamiento por la intermediación de corredores de seguros o contratación de comercializadores,.
También podemos mencionar el...
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