B620jurisprudencialaboral

Páginas: 7 (1733 palabras) Publicado: 19 de octubre de 2015
DERECHO LABORAL – 24 ENERO 2014
Compilación de Legislación y Jurisprudencia
SALARIO BASE DE COTIZACIÓN QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY
DEL ISSSTE ABROGADA. SE SUSTITUYÓ POR EL VALOR CONTENIDO EN
EL SALARIO TABULAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY
VIGENTE.

El artículo 15 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado, vigente hasta el 31 demarzo de 2007, y las tesis
2a./J. 126/2008 y 2a. LXXVII/2010 de la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación que lo interpretaron, deben armonizarse con el
contenido de los artículos 17 y trigésimo quinto transitorio de la ley del referido
Instituto en vigor a partir del 1 de abril de 2007, así como 32 de la Ley Federal
de los Trabajadores al Servicio del Estado reformado medianteDecreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1984, y
tercero y cuarto transitorios del propio decreto, para concluir que, a partir de
esa reforma la integración del salario base de cotización a que se refería el
artículo 15 de la ley abrogada se sustituyó por el valor contenido en el salario
tabular a que se refiere el citado artículo 17 (consignado en lostabuladores
regionales para cada puesto), entendiéndose por "sustituir" a poner a una
persona o cosa en lugar de la otra; por tanto, el referido artículo 17 no debe
interpretarse en el sentido de que el salario tabular debe integrarse por los
conceptos de sueldo, sobresueldo o compensación (además, eventualmente,
de los quinquenios y la prima de antigüedad), sino que para efectos del salario
base decotización, únicamente debe considerarse el valor consignado en el
tabulador regional, como sueldo base o sueldo bruto.

PLENO DEL TRIGÉSIMO CIRCUITO.

Contradicción de tesis 5/2013. Entre las sustentadas por los Tribunales
Colegiados Primero y Segundo, ambos del Trigésimo Circuito. 22 de
noviembre de 2013. Unanimidad de seis votos de los Magistrados Álvaro
Ovalle Álvarez, Esteban Álvarez Troncoso,Lucila Castelán Rueda, José
Luis Rodríguez Santillán, Silverio Rodríguez Carrillo y Miguel Ángel
Alvarado Servín. Ponente: Silverio Rodríguez Carrillo. Secretaria:
Adriana Vázquez Godínez.
Tesis y/o criterios contendientes:
El sustentado por el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito al
resolver el amparo directo 57/2013 y el diverso sustentado por el

DERECHO LABORAL – 24 ENERO 2014Compilación de Legislación y Jurisprudencia
Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito al resolver el amparo
directo 846/2012.
Nota: La tesis de jurisprudencia y aislada 2a./J.126/2008 y 2a.
LXXVII/2010 citadas, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, septiembre de
2008, página 230, con el rubro: "PENSIÓN JUBILATORIA DE LOS
TRABAJADORESAL SERVICIO DEL ESTADO. LA BASE SALARIAL PARA
SU CÁLCULO SE INTEGRA POR LOS CONCEPTOS DE SUELDO,
SOBRESUELDO Y COMPENSACIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL
31 DE MARZO DE 2007)." y Tomo XXXII, agosto de 2010, página 466,
con el rubro: "ISSSTE. INTEGRACIÓN DEL SUELDO BÁSICO CONFORME
AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY RELATIVA (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA
EL 31 DE MARZO DE 2007).", respectivamente.

EjecutoriasContradicción de tesis 5/2013.

Esta tesis se publicó el viernes 24 de enero de 2014 a las 13:21 horas en el
Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación
obligatoria a partir del lunes 27 de enero de 2014, para los efectos previstos
en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

DERECHO LABORAL – 24 ENERO 2014
Compilación de Legislación y JurisprudenciaCOMPENSACIÓN GARANTIZADA. AL TRATARSE DE UN CONCEPTO
ADICIONAL AL SUELDO TABULAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 17
DE LA LEY DEL ISSSTE, SÓLO PROCEDE EL INCREMENTO DE LA CUOTA
DE PENSIÓN CUANDO EL ACCIONANTE ACREDITE EN EL JUICIO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO QUE ESE RUBRO FORMÓ PARTE DE
LAS APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS