Baño
E O
MALA: Suroeste y suresteeSESO
S
9. RELACION CON EL AREA A LA QUE PERTENECE
• DIRECTA:Recamara principal
• INDIRECTA: Vestidor
• NULA: con todos los demás
10. REGLAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL
Capitulo 2.Habilidad, accesibilidad, y funcionamiento
Baños y sanitarios deberán contar conuna altura mínima de 2.10 m
Capitulo 3. Higiene, servicios y acontecimiento ambiental provisión mínima de agua potable.
Las edificaciones habitacionales (vivienda) no deberá ser inferior a1150 l/hab./dia.
3.2 Servicios sanitarios
3.2.1 Dimensiones mínimas de los espacios para muebles sanitarios
Las dimensiones que deben tener los espacios que alojan a los muebles o accesorios sanitariosen la edificación no deben ser inferiores a las establecidas
Local muebles o accesorios Ancho Fondo(en m) (en m)
Usos domésticos Excusado 0.70 1.05
Lavabo0.70 0.70
Regadera 0.80 0.80
IV. losbaños de uso domestico, los espacios libres que quedan al frente y a los lados del excusados y lavabos podrán ser comunes a dos o mas muebles;
V. Los sanitarios deberán tener materiales impermeables...
Regístrate para leer el documento completo.