BA_VEN_NIF_0_V2_nov_2008
Páginas: 38 (9345 palabras)
Publicado: 6 de noviembre de 2015
DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA
BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 0 (BA VEN-NIF 0)
MARCO DE ADOPCIÓN DE LAS
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
(BA VEN NIF Nº 0)
Versión 0: Directorio Nacional Ampliado abril 2008
Versión 1: Directorio Nacional Ampliado julio 2008
Versión 2: Directorio Nacional Ampliado noviembre 2008
FEDERACIÓNDE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 0 (BA VEN-NIF 0)
MARCO DE ADOPCIÓN DE LAS
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
(BA VEN NIF Nº 0)
Este Boletín fue sometido al proceso de consulta pública de acuerdo al
procedimiento aprobado en el Gremio y
considerado en Directorio
Nacional Ampliado Extraordinario enfebrero de 2008
Versión 0: Aprobado en Directorio Nacional Ampliado, abril 2008
Comité Permanente de Principios de Contabilidad
1. La Federación de Colegios de Colegios de Contadores Públicos de la República
Bolivariana de Venezuela (FCCPV)
aprobó la adopción de las Normas
Internacionales de Información Financiera emitidas por el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad (IASB, siglas enInglés), previa revisión e
interpretación de cada una de ellas, por parte del Comité Permanente de Principios
de Contabilidad (CPPC) y aprobación en un Directorio Nacional Ampliado (DNA) o
cualquier órgano competente para ello, según los Estatutos de la FCCPV.
2. Las Normas Internacionales de Información Financiera comprenden: las Normas
Internacionales de Contabilidad (NIC), las NormasInternacionales de Información
Financiera (NIIF) y las Interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones
(SIC) y el Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información
Financiera (CINIIF).
3. Las fechas de vigencia aprobadas para la adopción de las Normas Internacionales
de Información Financiera quedaron establecidas en: 31 de diciembre de 2008 o
fecha de cierre inmediata posterior,para Grandes Entidades y 31 de
diciembre de 2010 o fecha de cierre inmediata posterior, para las Pequeñas y
Medianas Entidades, definidas cada una de ellas en el Boletín de Aplicación Nº 1,
Definición de Pequeñas y Medianas Entidades, que establece los parámetros de
las Pequeñas y Medianas Entidades, aprobado por la Federación de Colegios de
Contadores Públicos de la República Bolivariana deVenezuela.
4. A partir de las fechas indicadas en el numeral anterior, los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela se identificarán con las
siglas VEN-NIF y comprenderán cada una de las normas vigentes referidas en el
numeral 2 de este pronunciamiento y los Boletines de Aplicación identificados
con las siglas BA VEN-NIF, que haya sido aprobada en un Directorio Nacional
Ampliado uotro órgano competente para ello.
5. La aplicación en Venezuela de toda Norma Internacional de Información Financiera
o de alguna modificación emitida por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad (IASB, siglas en inglés), estará previamente sujeta al análisis técnico
respecto a los impactos de aplicabilidad en el entorno económico por parte del
Comité Permanente de Principios deContabilidad de la Federación de Colegios de
Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela, cuyas
conclusiones serán sometidas a la aprobación en un Directorio Nacional Ampliado
u otro órgano competente para ello, según los Estatutos de la FCCPV.
6. El Comité Permanente de Principios de Contabilidad emitirá Boletines de
Aplicación (BA VEN-NIF), donde se desarrollarán las interpretacioneso guías,
aplicables en Venezuela, sobre las Normas Internacionales de Información
Financiera.
7. Cuando la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República
Bolivariana de Venezuela en un Directorio Nacional Ampliado u otro órgano
competente para ello, por recomendación del Comité Permanente de Principios de
Contabilidad, apruebe interpretaciones específicas, a cualquier Norma...
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