Bach ciencias y letras
Sector:
Todos los Sectores
Obligaciones Afectadas:
Trato Nacional (Artículo 12.5)
Medidas:
Decreto No. 131, Constitución de la República, Título III, Capítulo II, Artículo 107
Decreto No. 90-1990, Ley para la Adquisición de Bienes Urbanos en las Áreas que delimita el Artículo 107 de la Constitución de la República. Artículos 1 y 4
Decreto No. 968, Ley para laDeclaratoria, Planeamiento y Desarrollo de las Zonas de Turismo, Titulo V, Capítulo V, Artículo 16
Descripción:
Inversión
Los terrenos del Estado, ejidales, comunales o de propiedad privada situados en la zona limítrofe a los estados vecinos, o en el litoral de ambos mares, en una extensión de cuarenta (40) kilómetros hacia el interior del país y los de las islas, cayos, arrecifes,escolladeros, peñones, sirtes y bancos de arena en Honduras, solo podrán ser adquiridos, poseídos o tenidos a cualquier titulo por los hondureños por nacimiento, o por las sociedades integradas en su totalidad por socios hondureños y por las instituciones del Estado, bajo pena de nulidad del respectivo acto o contrato.
No obstante el párrafo anterior, cualquier persona puede adquirir, poseer, sostener, oarrendar hasta por cuarenta (40) años (que pueden ser renovados) tierras urbanas en tales áreas a condición de que sea certificado y aprobado con fines turísticos, de desarrollo económico o social, o para el interés público, calificados y aprobados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo.
Cualquier persona que adquiera, posea, o sostenga los asimientos de la tierra urbana puedetransferir esa tierra solamente previa autorización de la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo.
Sector:
Todos los Sectores
Obligaciones Afectadas:
Trato Nacional (Artículo 12.5)
Medidas:
Decreto No. 131 Constitución de la República de Honduras, Título VI, Capítulo I, Artículo 337
Acuerdo No. 345-92 Reglamento de la Ley de Inversiones, Capítulos I y VI,Artículos 3 y 49
Descripción:
Inversión
La industria y el comercio en pequeña escala, constituyen patrimonio de los hondureños.
Los inversionistas extranjeros no podrán dedicarse a la industria y el comercio en pequeña escala, excepto en aquellos casos que hayan adquirido la carta de naturalización como hondureños, debiendo presentar la documentación que acredite la respectivanaturalización, siempre y cuando en su país de origen exista reciprocidad.
“Industria y comercio en pequeña escala” se define como la empresa con capital menor a ciento cincuenta mil (150,000.00) Lempiras, excluyendo terrenos, edificios, y vehículos.
Sector:
Todos los sectores
Obligaciones Afectadas:
Trato Nacional (Artículo 12.5)
Trato de Nación Más Favorecida (Artículo 12.6)Medidas:
Decreto No. 65-87 Ley de Cooperativas de Honduras, Titulo II, Capítulo I, Artículo 19, de fecha 20 de mayo de 1987
Acuerdo No. 191-88 de fecha 30 de mayo de 1988, Reglamento de la Ley de Cooperativas de Honduras, Articulo 34 (c) y (d)
Descripción:
Inversión
Las cooperativas no hondureñas podrán establecerse en Honduras previa autorización del Instituto Hondureño deCooperativas de Honduras, dicha autorización se concederá siempre y cuando exista:
(a) la reciprocidad en el país de origen con respecto al trato que la ley de Honduras brinda a las cooperativas extranjeras; y
(b) la cooperativa no hondureña tenga, cuando menos un representante legal permanente en Honduras.
Sector:
Agrícola
Obligaciones Afectadas:
Trato Nacional (Artículo12.5)
Medidas:
Acuerdo No. 2124-92, Reglamento de Adjudicación de Tierras en la Reforma Agraria, Artículo 1 y 2
Descripción:
Inversión
Los beneficiarios de la reforma agraria deberán ser nacionales hondureños por nacimiento en forma individual u organizada en cooperativas de campesinos u otras empresas campesinas.
Sector:
Industria Pesquera
Obligaciones...
Regístrate para leer el documento completo.