bachiller en ciencias
Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista INCES
El 23 de junio de 2008 se publicó en Gaceta Oficial No. 38.958 el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), a través del cual el Gobierno Venezolano transformó oficialmente al Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) en elInstituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), derogándola Ley que regía a dicho Instituto desde 1970.
Quienes Somos
La Oficina de Atención Ciudadana y Ciudadano (OAC) Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), tiene por objeto, la atención de todos los ciudadanos, sus representantes, y organizaciones que demanden información, servicios, ayudas,denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones con el fin de, orientarlas, tramitarlas y darles una respuesta oportuna.
Promover y ofrecer a los ciudadanos y ciudadanas un medio que le permita participar de manera directa y organizada, individual o asociativa, en la actividad de control de la Gestión Pública.
Objeto
El objeto del INCES es formular, coordinar, evaluar, dirigir y ejecutar programaseducativos de capacitación integral adecuados a un modelo socio productivo, teniendo entre sus fines la consolidación de un sistema educativo que contribuya con nuevas formas asociativas y unidades económicas de propiedad colectiva.
Contribución y contribuyentes
INCES provendrán principalmente de patronos y de trabajadores, manteniéndose el mismo esquema de contribución. En este sentido,aquellos patronos que emplean a 5 o más trabajadores deberán aportar el 2% del total del salario pagado a sus trabajadores trimestralmente. Por su parte, los obreros y empleados que trabajen para personas naturales o jurídicas del sector privado deberán aportar el 0.5% de sus utilidades anuales, aguinaldos o bonificaciones de fin de año. Asimismo, el INCES podrá contar con aquellos recursos que le seanasignados por el Estado a través de las asignaciones presupuestarias, de los aportes que reciba de organismos internacionales, del producto de las multas impuestas por incumplimiento de las obligaciones que se establecen en el Decreto, de donaciones y legados y de los demás aportes, ingresos y bienes percibidos por cualquier otro título legal.
Quedan exceptuados del aporte patronal los órganos yentes del Estado, los medios de producción de propiedad colectiva, cooperativas, fundaciones, unidades económicas asociativas, cajas rurales y mutuales, unidades productivas familiares, empresas de producción social, empresas de cogestión, bancos comunales, unidades comunales de producción, y cualquier otro tipo de asociación sin fines de lucro y que desarrolle los principios y valores de laeconomía social, solidaria, participativa y comunal.
Misión
Desarrollar programas de formación política, técnica y productiva, dirigidos al Pueblo, valorando el diálogo de saberes en las diferentes áreas de conocimiento, contribuyendo al desarrollo socioeconómico del país, en el marco de la construcción del modelo socialista.
Visión
Ser una institución con talento humano calificado paragarantizar la formación técnica de la fuerza de trabajo, con la conciencia ideológica y revolucionaria que requiere el país, concibiendo el trabajo como herramienta liberadora, que conduzca a la apropiación de los medios de producción por parte del Poder Popular, coadyuvando a la transformación del modelo productivo hacia la construcción de un sistema económico Socialista.
Ámbito de actuaciónDirigido a todas las personas que requieran inclusión socio productiva, especialmente las que no pose n instrucción profesional. Incluye aprendices (adolescentes entre 14 y 17 años), pueblos y comunidad indígenas, personas con penas privativas y restrictivas de la libertad.
Disposiciones Transitorias
Primera Después de la entrada en vigencia del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley,...
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