bachiller
Se tiene a la vista para resolver el proceso identificado en el acápite que porel delito de Negación de Asistencia Económico se sigue en contra de el acusado Mario Guillermo Argueta Porras , y--------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO I. Que el último párrafo del artículo veinticinco bis del Código Procesal Penal establece: “La aplicación del criterio de oportunidad provocará el archivo del procesopor el término de un año, al vencimiento del cual se extinguirá la acción penal, salvo que se pruebe durante este lapso que hubo fraude, error, dolo, simulación o violencia para su otorgamiento o sisurgieren elementos que demuestren que la figura delictiva era más grave y que de haberse conocido no hubieren permitido la aplicación del criterio de oportunidad.”---
CONSIDERANDO II. Que consta en lacarpeta judicial que dentro del presente proceso se lleva en este Tribunal, que con fecha dieciocho de octubre del año dos mil once , el acusado Mario Guillermo Argueta Porras fue beneficiadocon la aplicación del Criterio de Oportunidad a su favor. Consta además en la carpeta judicial que no se presentó prueba de que el acusado haya incumplido con los compromisos a los que se obligómediante la aplicación del criterio de oportunidad, que haya cometido fraude, error, dolo, simulación o violencia para su otorgamiento, ni surgieron elementos que demuestren que la figura delictiva era másgrave y que de haberse conocido no hubieren permitido la aplicación del criterio de oportunidad. Habiendo transcurrido el plazo de un año para el cual se ordenó archivar el proceso, es procedente...
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