bachiller
Aldo Rojas.
DERECHO PROCESAL
PENAL
LA FLAGRANCIA
Y
EL PROCEDIMIENTO
ABREVIADO
COMO SE ALEGA EN NUESTRO PAIS
Dr. Alberto José Martínez Marttinoz
www.derechopenalenlared.com
Aldo Rojas.
Caracas Venezuela
INTRODUCCION
Hoy en día vivimos en un mundo difícil de manejar, y se hace
necesario que los profesionales del derecho, los estudiantes de las
leyes y al publico en general, aprendan en detalles ciertas acepciones
del derecho procesal penal como es la flagrancia y su procedimiento
especial abreviado establecido en nuestra ley adjetiva penal pero de
forma practica el cual es el objetivo de esta publicación
complementaria a nuestra formación académica y lo hacemos con
casos prácticos para que al momento de hacer nuestras defensas
penales del derecho la tomemos en cuenta para el beneficio de la
sociedad y en particular a nuestro patrocinado si fuere el caso.
El siguiente trabajo de investigación esta dirigido especialmente a todas aquellas personas que sientan interés por mejorar su capacidad
profesional con el objetivo de dar lo mejor a la administración de
justicia en Venezuela de la cual formamos partes tanto los funcionarios
públicos como los abogados en el libre ejercicio de su profesión.
También esta dirigido aquellos estudiantes de derecho que tengan una
visión futurista de mejorar cada día su formación académica con miras de ser unos profesionales que contribuyan con la administración de
justicia, dando pasos firmes con la lectura de herramientas jurídicas
complementarias como estas.
A veces llego a pensar que los que formamos parte en la
administración de justicia no estamos cumpliendo cabalmente con las
funciones que tenemos asignadas por ley: Por ejemplo: cuando asumimos el rol defensor privado (no todos), nos olvidamos de
www.derechopenalenlared.com
Aldo Rojas.
complementar nuestra formación académica ya que pensamos que
sabemos lo que vamos hacer. En cierta oportunidad hice la defensa a
unos ciudadanos que le fueron incautadas por los cuerpos de seguridad del Estado según una persecución en caliente 12, 23 y 41
gramos. Respectivamente de presunta cocaína SIN TESTIGOS Y
ADEMAS ALLANARON UNA VIVIENDA SIN ORDEN JUDICIAL. La
pregunta es ¿Es esto una flagrancia? En caso de ser necesario de una
investigación para presentar unos elementos de convicción que
comprometan la responsabilidad penal de los investigados. ¿Como debe hacerse?, ¿habrá un beneficio procesal para los investigados? A
manera de recordatorio les puedo decir que en fecha 22 de abril del
2008 la sala Constitucional del Tribunal Supremo ordena de inmediato
la aplicación del artículo 500 del COPP. ¿Es aplicativo a este caso?
Usted lo aprenderá o lo recordara, en este trabajo de investigación.
Por eso es que todos los que trabajamos en esta rama del derecho
desde las autoridades como a los funcionarios del Ministerio de
Relaciones Interiores y Justica, como coordinador de los órganos de
policía preventiva y de investigación criminal y a la Fiscalía General de
la Republica, como órgano a cargo de la acusación penal, los
defensores privados no debemos olvidar de complementar nuestra
formación académica para cumplir cabalmente con nuestras funciones
para contribuir al problema de inseguridad que vive nuestro país y no
estar enviando a la cárcel personas inocentes y los verdaderos
delincuentes libres de toda culpa, porque estas es una de las muchas
razones del desbordamiento del delito, del clima de impunidad y de la ...
Regístrate para leer el documento completo.