Bachiller
Bolivariana de Venezuela y de la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología quepermitirán
conocer y analizar a grandes rasgos el marco legal y filosófico que orientan y garantizan
la educación, la apropiación social del conocimiento y el acceso a lasTecnologías de
Información y Comunicación.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo nº 3 establece:
“El Estado tiene como fines esenciales ladefensa y el desarrollo de la persona y el
respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de
una sociedad justa y amante de la paz, lapromoción de la prosperidad y bienestar del
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Curso: Alfabetización Tecnológica. Unidad I
pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberesreconocidos
y consagrados en esta Constitución”.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo nº 102: “La educación es underecho humano y un deber social fundamental, es
democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de
máximo interés en todos sus niveles ymodalidades, y como instrumento del
conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La
educación es un servicio público y está fundamentada enel respeto a todas las
corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada
ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en unasociedad democrática basada
en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los
procesos de transformación social consustanciados
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