BACHILLER
(Ley No. 035-CL)
La Comisión Legislativa Permanente,
En ejercicio de sus atribuciones, y por haber recibido dictamen favorable de la
Comisión Auxiliar de Legislación Administrativa, expide la siguiente:
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Capítulo I
DEL
EJERCICIO
DE
LA
JURISDICCIÓN
CONTENCIOSOADMINISTRATIVA
Art. 1.Elrecurso contencioso-administrativo puede interponerse por las
personas naturales o jurídicas contra los reglamentos, actos y resoluciones de la
Administración Pública o de las personas jurídicas semipúblicas, que causen
estado, y vulneren un derecho o interés directo del demandante.
Art. 2.También puede interponerse el recurso contencioso-administrativo
contra resoluciones administrativas quelesionen derechos particulares
establecidos o reconocidos por una ley, cuando tales resoluciones hayan sido
adoptadas como consecuencia de alguna disposición de carácter general, si con
esta se infringe la ley en la cual se originan aquellos derechos.
Art. 3.El recurso contencioso-administrativo es de dos clases: de plena
jurisdicción o subjetivo, y de anulación u objetivo.
El recurso deplena jurisdicción o subjetivo ampara un derecho subjetivo del
recurrente, presuntamente negado, desconocido o no reconocido total o
parcialmente por el acto administrativo de que se trata.
El recurso de anulación, objetivo o por exceso de poder, tutela el cumplimiento
de la norma jurídica objetiva, de carácter administrativo, y puede proponerse por
quien tenga interés directo para deducir laacción, solicitando al Tribunal la
nulidad del acto impugnado por adolecer de un vicio legal.
Art. 4.- Para los efectos de esta Ley, se entenderá:
1.- Por Administración Pública:
a) La administración del Estado, en sus diversos grados.
b)
Las entidades que integran la administración local dentro del régimen
seccional.
c) Los establecimientos públicos creados como tales y regulados por leyesespeciales.
2.- Por personas jurídicas semipúblicas, las creadas y reguladas como tales por la
ley, cualquiera sea su denominación, inclusive la de personas jurídicas de
derecho privado con finalidad social o pública.
Art. 5.Las resoluciones administrativas causan estado cuando no son
susceptibles de recurso alguno en la vía administrativa, sean definitivas o de
mero trámite, si estasúltimas deciden, directa o indirectamente, el fondo del
asunto, de modo que pongan término a aquella o hagan imposible su
continuación.
La administración obra en ejercicio de sus facultades regladas cuando debe ceñir
sus actos a las disposiciones de una ley, de un reglamento o de cualquier otro
precepto administrativo.
Se presume establecido el derecho en favor del recurrente, cuando ladisposición
que se cree infringida reconoce ese derecho.
Art. 6.- No corresponden a la jurisdicción contencioso-administrativa:
a) Las cuestiones que, por la naturaleza de los actos de los cuales procede o de
la materia sobre que verse, se refieren a la potestad discrecional de la
administración.
b) Las cuestiones de carácter civil o penal pertenecientes a la jurisdicción
ordinaria y las que, porsu naturaleza, sean de competencia de otras
jurisdicciones.
c) Las cuestiones que se susciten en relación con los actos políticos del
Gobierno, como aquellas que afectan a la defensa del territorio nacional, a las
relaciones internacionales, a la seguridad interior del Estado y a la organización
de la Fuerza Pública, sin perjuicio de las indemnizaciones que fueren
procedentes, cuyadeterminación corresponde a la jurisdicción contenciosoadministrativa.
d) Las resoluciones expedidas por los organismos electorales.
e) Las resoluciones que se dicten con arreglo a una ley que expresamente les
excluya de la vía contenciosa.
Art. 7.- Corresponde especialmente a la potestad discrecional:
a) Las disposiciones de carácter general relativas a la salud e higiene públicas,
sin perjuicio...
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