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PROSPERIDAD
I PARATODOS
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..._ENTIOAO
ISO 9001 :~008
NTC GP 1 00Ch 2009
. . . . . _ CERTIFICAOA
MINISTERIO DE TRANSPORTE
DECRETO NUMERO
I
I,.
'
DE 2013
"Por el cual se regia menta el numeral11 del articulo 424 del Estatuto Tributario y se dictan otras
disposiciones"
I
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de susfacultades constitucionales y legales, en especial las conferidas par el articulo 189
numerales 11 y 25 de Ia Constituci6n Politica, el numeral11 del articulo 424 del Estatuto Tributario y Ia
Ley 1609 de 2013, oido el Comite de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Cornercio
Exterior,y
CONSIDERANDO
',I
Que el numeral 11 del articulo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el articulo 38 deIa Ley 1607 de 2012 sefiala : "11 . Los vehiculos, automotores, destinados at transp orte
publico de pasajeros, destinados solo a reposici6n. Tendran derecho a este beneficia los
pequenos transportadores propietarios de menos de 3 vehiculos y solo para efectos de Ia
reposici6n de uno solo, y par una unica vez. Este beneficia tendra una vigencia de 4 anos
luego de que el Gobierno Nacional atraves del Ministerio de Transporte reglamente e/
tema "
Que de conformidad con el articulo 2 de Ia Ley 688 de 2001 , "Par media de Ia cual se crea
el Fonda Nacional para Ia Reposici6n del Parque Automotor del Servicio Pt)blico de
Transporte Terrestre y se dictan otras disposiciones ", Ia reposici6n consiste en Ia
sustituci6n de un vehiculo que ha alcanzado el termino de su vida uti! por otronuevo o de
menor edad.
Que a pesar de Ia diversidad de las normas que regulan Ia vida uti! de los vehiculos de
servicio de transporte publico de pasajeros , es Ia desintegracion fisica total del automotor
Ia que materialmente permite establecer Ia finaliza ci6n de Ia rnisrna , bien sea qu e proceda
por el tran scurso del termino legal o por exig encia s del mercado , contables o estado delveh iculo , entre otras razones.
Que conforme a lo sefialado en el numeral 6 del art iculo 16 de Ia Resolucion 12379 del 28
de diciembre de 2012, "Par Ia cua/ se adoptan los procedimientos y se establecen los
requisitos para adelantar tramites ante los organismos de trfmsito ", para Ia cancelacion de
Ia matricula de un vehiculo automotor por voluntad de su propietario , se debe acreditar
quedicho vehiculo ha sido desintegrado en una entidad desintegradora autorizada por el
Ministerio de Transporte .
Que en el sistema Registro unico Nacional de Transito RUNT- , creado porIa Ley 769 de
2002 , entre otros registros se lleva el Registro Nacional Automotor, el cual contien e Ia
informacion de los vehiculos de servicio de transporte publico matriculados en Colombia y
de sus propietariose igualmente, en dicho sistema, se realiza el registro de informacion
de Ia revision tecnica de los vet1iculos que efectua Ia Direccion de lnvestigacion Criminal e
INTERPOL -DIJIN- para efectos de Ia desintegracion , asi como Ia de los certifi cados de
desintegracion fisica total expedidos por las Entidades Desintegradoras autorizadas por el
Ministerio de Transporte.
Que el Decreta Ley 019de 2012 dicto norrnas para suprimir o reformar regulacione s,
procedimi entos y tramites innecesarios existentes en Ia Administracion Publica ,
estableciendo en su articulo 5 que las autoridades deberan optimizar el uso del tiempo y
DECRETO NUMERO
DEL
DE
HOJANo. 2
"Por el cual se regia menta el numeral11 del articulo 424 del Estatuto Tributario y se dictan otras
disposiciones"de los recursos. constituyendose el sistema Registro unico Nacional de Trc'msito -RUNTno solo en Ia herramienta necesaria e idonea para garantizar Ia configuracion de los
supuestos de Ia norma establecidos para acceder al beneficia materia de Ia presente
reglamentacion. sino tambien en indispensable para Ia concrecion del principia de
economia en las actuaciones administrativas.
Que el...
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