Bachiller
DEFENSA PÚBLICA
DEFENSA PÚBLICA SEGUNDA DE PROTECCIÓN
DE NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES
BARINAS ESTADO BARINAS
CIUDADANA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL DE MEDIACIÓN y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS y ADOLESCENTES DEL ESTADO BARINAS
SU DESPACHO.-
Yo, NORELIS MARIA SOTO GARCIA, venezolana,adolescente, titular de la cédula de identidad número V-23.914.265, domiciliada en el Barrio Llano Alto, Carrera 26, Calle 6 y 7, Socopo, Municipio Antonio jose de Sucre del Estado Barinas, con teléfono móvil personal signado con el número 0426-6272404, actuando en mi condición de Madre y Representante Legal de la niña WINDERLY ALEJANDRA SOTO GARCIA, de dos (02) meses de nacida, asistida en este acto por laAbogada JOHANA C. FREIRE U., titular de la cédula de identidad número V-16.191.126, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 113.108, DEFENSORA PÚBLICA SEGUNDA SUPLENTE CON COMPETENCIA EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, adscrita a la Defensa Pública del Estado Barinas, acudo por ante su competente autoridad a los fines de exponer y solicitar:DE LOS HECHOS
Tengo una hija que lleva por nombre, WINDERLY ALEJANDRA, de dos (02) meses de nacida, nacida en fecha dieciocho (18) de noviembre de 2010, tal y como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Nacimiento No. 3421 del año 2010, de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, que anexomarcada “A”,, producto de la relaciòn que mantuve con el ciudadano ALEX YONATHAN GUILLEN ACEVEDO, titular de la cédula de identidad número V-18.192.621, durante un (1) año y seis (6) meses, siendo el caso Ciudadana Juez, que al momento de manifestarle al ciudadano antes mencionado que estabamos esperando un hijo, se nego alegando que no era de el, por cuanto según el eco que me realice tenia trece(13) semanas y según su cuenta deberia de tener once (11) semanas por la ultima relacion, me traslade hasta el Consejo de Proteccion del Niño Niña y del Adolescente (CPNNA), a buscar orientacion y dicho consejo lo citaron y el dia 25 de Mayo de 2010, comparecio el ciudadano ALEX YONATHAN GUILLEN ACEVEDO, quien manifesto que reconocera a su hijo (a), llevado en mi vientre, posteriormente a que se lerealice el examen de ADN, para haci estar seguro de la paternidad, de ser positivo no se negara y cumplira con la obliogacion de manutencion de mi hija WINDERLY ALEJANDRA. Tal como se evidencia del acta suscrita por el Consejo de Proteccion del Niño Niña y del Adolescente (CPNNA). Que anexo marcada con la letra “B” y copia de mi cedula de identidad marcada con la letra “C”.
DEL DERECHO:En razón de los alegatos anteriormente expuestos, es por lo que acudo por ante su competente autoridad, a fin de solicitar se dé cumplimiento a lo pautado en los Artículos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que establecen:
Artículo 8°. “El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimientoen la toma de todas las decisiones concernientes a los
niños y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías”…
ARTÍCULO 25: “Todos los niños y adolescentes, independientemente de cual fuere su filiación, tienen derecho de conocer sus padres y a ser cuidados porellos, salvo cuando sea contrario a su interés superior.”
En concordancia con los Artículos del Código Civil:
Artículo 210: “A falta de reconocimiento voluntario, la filiación del hijo concebido y nacido fuera del matrimonio puede ser establecida judicialmente con todo género de pruebas, incluidos los exámenes o las experticias hematológicas y heredo biológicas que hayan sido consentidas por el...
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