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ellos adquiridos y los gastos o erogaciones efectuados, corresponderán a las calidades,
cantidades y proporcionesacordadas y, en defecto de exigencia expresa, a las que
correspondan a los requerimientos que la respectiva profesión u oficio tengan como
normalmente utilizadas y aceptadas.
5.2.2 AMORTIZACIÓN: Seentiende por AMORTIZACIÓN el reintegro, estipulado en el
Contrato asegurado, mediante el cual una porción o la totalidad de las actas o facturas
por trabajos realizados y reconocidos al Garantizado, serestituye al patrimonio del
ASEGURADO hasta completar el valor entregado como Anticipo ó la porción
acordada de éste.
5.2.3 DEVOLUCIÓN: En las obligaciones expresamente pactadas como de resultado yen
aquellas en las que se acuerde y conste en Certificado de Aplicación, se entiende por
DEVOLUCIÓN, el compromiso adquirido por el Garantizado según el cual,
demostrado el incumplimientoatribuible al Contratista, el ASEGURADO podrá exigir
la restitución de todo o parte de los dineros entregados como Anticipo, según se
establezca, independientemente de que éstos se hayan manejadocorrectamente, se
hayan invertido según las exigencias técnicas y se hayan amortizado parci 5.2 COBERTURAS APLICABLES AL AMPARO DE ANTICIPO.- El amparo de Anticipo
comprenderá las coberturas de CorrectaInversión, Amortización y Devolución adicionales a la
de Apropiación Indebida (cobertura que también podrá denominarse de Buen Manejo), descrita
en la condición 5.1, siempre y cuando sean compatiblescon el tipo de convenio asegurado y
sean exigidas en este.
Para los efectos del Amparo de Anticipo las expresiones: Correcta Inversión, Amortización y
Devolución, tendrán los siguientes significados:5.2.1 CORRECTA INVERSIÓN: Se entiende por tal la destinación dada por el
Garantizado a los fondos recibidos como Anticipo, según la cual los materiales con
ellos adquiridos y los gastos o...
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