Barrios_Electronica_Informe

Páginas: 13 (3206 palabras) Publicado: 13 de noviembre de 2015
PERITO CONTADOR PRESENTA INFORME

Señor Juez:

MARCELO ERNESTO SEVA, Contador Público, Matricula en CPCEPBA Tomo 91 Folio 88, Legajo 23.375/7, IVA Responsable Inscripto CUIT: 20-20064771-9, Ingresos Brutos Pcia. Bs As Arbanet Nro. 20-20064771-9, con domicilio constituido en M Piaggio 42 de Avellaneda, Te: 4293-8662 – email: estudiocontablems@fibertel.com.ar, designado perito contador en losautos caratulados: “BARRIOS VICTOR C/ ELECTRONICA LANUS SRL Y OTRO S/ FONDO DESEMPLEO”, Expte. Nro. 31182, que tramita en el Tribunal del Trabajo Nro. 1 de Avellaneda, Mitre 363 Pº2, a VS respetuosamente digo que:

I) APERCIBIMIENTO APLICADO

Atento que VS dispuso el apercibimiento abajo transcripto, vengo a presentar el informe pericial correspondiente a los autos arriba mencionados, con lainformación obrante en autos y en consecuencia, contesto seguidamente los puntos de pericia sometidos a mi consideración:

a) C.V. Avellaneda, 24 de Septiembre de 2015.- Atento las constancias de autos, habiendo dado cumplimiento los co-demandados ""EDESUR S.A." (a fs. 597) y "KIOSHI S.A." (a fs. 612) con la requisitoria del experto contable y que los co-demandados "Electrónica Lanús S.R.L." y "DanielHéctor Alvarez" no han dado cumplimiento con la intimación de fs.577, 1er. párrafo, a pesar de estar debidamente notificados a fs. 629 vta.(en los Estrados) y cédula de fs. 636/637, respectivamente, hácese efectivo el apercibimiento contenido en el art. 39 de la ley 11.653 y 55 de la L.C.T. e intímese al sr. perito contador para que dentro del plazo de cinco días presente el informe pericialencomendado, con respecto a éstos últimos, con los elementos obrantes en autos y bajo apercibimiento de remoción (art. 39 de la ley 11.653).

b) C.V. Avellaneda, 30 de Septiembre de 2015.- Atento lo manifestado por el Sr. perito contador en el escrito en despacho, hácese efectivo el apercibimiento contenido en el art. 39 de la ley 11.653 y 55 de la L.C.T. a "EDESUR S.A." e intímese al sr. perito contadorpara que dentro del plazo de cinco días presente el informe pericial encomendado, también con respecto a este co-demandado, con los elementos obrantes en autos, bajo apercibimiento de remoción (art. 39 de la ley 11.653)
No obstante el apercibimiento aplicado en el párrafo anterior, el 09/10/15 la Sra. Silvia Vigo del Depto. Contencioso de Edesur SA, manifestó a este perito que tanto el actor, BarriosVíctor Manuel, como la codemandada, Electrónica Lanus SRL, nunca tuvieron relación con Edesur SA y por ende, no tiene documentación para exhibir respecto de las mismas. Sin embargo, puso a disposición el Libro Diario General y Libro Inventario y Balances exigidos por la normativa mercantil vigente.

II) PERICIAL CONTABLE DE LA ACTORA:

Se designe perito contador único de oficio, el que previacompulsa de los libros y registros contables y laborales de los accionados así como también las constancias de autos informe:

a) Si los libros registros y demás documentación que prescriben las leyes laborales son llevados en legal forma, en especial los prescriptos por las leyes 20.744, 11.544, 19.587, 24.013 y 21.297, la ley 22.250 y sus Dtos Reglamentarios Dtos. 1342/81, Disposiciones 40/93,56/94, 71/94, 76/93, 81/94, 232/95, 245/95, ley 25.371, NIC y en su caso, fechas y autoridades de rubricación;

Atento que las demandadas “Electrónica Lanús S.R.L." y "Daniel Héctor Alvarez" no han exhibido los registros y documentación necesarios para la pericia, y teniendo en cuenta el apercibimiento del acápite I) a), no tengo elementos para contestar este punto en relación a las mismas.

Enrelación a la demandada “Edesur SA”, me remito a lo informado en el punto I) b) anterior, y en consecuencia no exhibe registros laborales dado que la actora no tuvo relación laboral con la misma.

En relación a la demandada “Kioshi SA”, la Cra Graciela Careggio, asesora contable, exhibió los siguientes libros y registros exigidos por la normativa mercantil y laboral:

1) Inventario y Balances: Libro...
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