Bases oposicion
En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre del Consejo de Gobiernode la Junta de Andalucía y publicados en el B.O.J.A. nº 236, de 9 de diciembre, y con el fin de atender a las necesidades de Personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), en relación con el artículo2.e), de la misma norma, así como en los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar para su provisión mediante el sistema de oposición libre, 2 plazas de Personal Laboral fijo dotada presupuestariamente y que se halla vacante en la plantilla de esta Universidad con sujeción a las bases que a continuación se reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia previo acuerdo con el Comitéde Empresa.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.
Bases de la convocatoria
1.-Normas Generales
1.1. Se convocan 2 plazas de Personal Laboral con la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio (Creación Audiovisual) (Grupo III) vacantes en la Facultad de Bellas Artes de esta Universidad, mediante el procedimiento de oposición libre.
1.2. A la oposición le será de aplicación lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, laLey 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995, de10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado; en el vigente Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas (B.O.J.A. Nº 36 de 23 de febrero de 2004) y Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada en todo aquelloque no se oponga a lo dispuesto en el Convenio Colectivo y a las normas de esta Resolución.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el ANEXO I de esta convocatoria.
1.4. El procedimiento selectivo se desarrollará quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de loscandidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.
1.5. El primer ejercicio no se iniciará antes del día 1 de enero de 2010. La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
1.6. Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relacióncon la Categoría y Grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas.
1.7. Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de...
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