BENEFICIOS PENITENCIARIOS

Páginas: 15 (3530 palabras) Publicado: 8 de octubre de 2015
 
¿BENEFICIOS PENITENCIARIOS? SEMILIBERTAD Y LIBERACIÓN CONDICIONAL.
 
Jorge E. Vergara Villanueva - Abogado, Egresado de la Universidad Particular “Antenor Orrego” de Trujillo, Conciliador Extrajudicial y Árbitro acreditado por el Ministerio de Justicia, con estudios culminados de Post Grado ante la Universidad Nacional Federico Villarreal obteniendo “Diplomado en Criminalística”.
 



10 deAbril (Alerta Informativa).-  Por la presente estimados lectores, lo único que pretendo es sembrar en ustedes la frutilla que les permita dosificar y encumbrar académicamente la competencia de los distintos jueces penales (a la luz del Nuevo Código Procesal Penal - NCPP) como son: i) de Investigación Preparatoria, ii) Unipersonal, iii) Colegiado e incluso el iv) Juez Penal Liquidador para conocer ytramitar los respectivos procesos judiciales de beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional, en la medida que los mismos fueron los que emitieron sentencia condenatoria, tal y como lo prescriben los artículos 50º y 55º del Código de Ejecución Penal (D.L. Nº 654). En la línea descrita es menester señalar el contenido del primer párrafo del artículo 48° del Código de EjecuciónPenal, el cual prescribe que el beneficio penitenciario de Semilibertad puede ser concedido al sentenciado que ha cumplido por lo menos una tercera parte de su condena, criterio que es aplicado para la mayoría de los delitos, con la excepción de los delitos de: -Secuestro (artículo 152° del Código Penal); - Forma agravada de trata de personas (artículo 153°-A del Código Penal); - Violación demenor de edad (artículo 173° del Código Penal); - Violación de menor de edad seguida de muerte o lesión grave (artículo 173°-A del Código Penal); - Comercialización y cultivo de amapola y marihuana, así como la siembra compulsiva (artículo 296°-A del Código Penal); - Tráfico ilícito de insumos químicos y productos (artículo 296°-B del Código Penal); - Formas agravadas de tráfico de drogas (artículo297° del Código Penal); - Genocidio (artículo 319° del Código Penal); - Desaparición forzada (artículo 320° del Código Penal); - Tortura (artículo 321° del Código Penal); - Tortura cometida con la participación de profesionales de la salud (artículo 322° del Código Penal); - Discriminación (artículo 323° del Código Penal); - Terrorismo (Ley N.° 29423); y, - Lavado de activos cuando los recursosprovengan del tráfico ilícito de drogas,  terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas o delitos contra el patrimonio cultural, previsto en los artículos 228° y 230° del Código Penal (párrafo final del artículo 3° de la Ley N.° 27765, modificado por la Ley N.° 28355 y el Decreto Legislativo N.° 986). Por su parte, el primer párrafo del artículo 53° del Código de Ejecución Penal establece queel beneficio penitenciario de liberación condicional se concede al sentenciado que ha cumplido la mitad de la pena, siempre que no tenga proceso pendiente con mandato de detención. En los casos de los delitos (artículos 129º, 173º, 173º A, 200º, segunda parte, 325º a 332º y 346º del Código Penal) a que se refiere el artículo 46º del referido texto normativo, la liberación condicional, podráconcederse cuando se ha cumplido las tres cuartas partes de la pena y previo pago del íntegro de la cantidad fijada en la sentencia como reparación civil y de la multa o, en el caso del interno insolvente, la correspondiente fianza en la forma prevista en el artículo 183º del Código Procesal Penal. Este beneficio no es aplicable a los agentes de los delitos tipificados en los artículos 296º, 297º, 301º,302º y 319º a 323º del Código Penal.

En prima facie se destaca que el procedimiento incidental judicial de beneficio penitenciario de semilibertad y liberación condicional -en aquellos Distritos Judiciales donde está vigente el NCPP- viene tramitándose (competencia) exclusivamente por los Jueces Penales Unipersonales, ello a pesar que en muchos casos ellos no han sido los que emitieron y/o...
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