BENEFICIOS A MOROSOS
Impuestos
DIAN INVITÓ A LOS CONTRIBUYENTES PARA QUE
APROVECHEN BENEFICIOS TRIBUTARIOS
La reforma tributaria de 2014 estableció
contribuyentes con obligaciones en mora.
beneficios
para
También incluye a omisos o con declaraciones erradas.
Bogotá, 09 de febrero de 2015. El Director General de DIAN, Santiago Rojas
Arroyo invitó a los contribuyentes para que pongan al día sus obligacionescon la
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aprovechando lo establecido
en la recientemente aprobada Reforma Tributaria – Ley 1739 de 2014.
El Director de la administración tributariaseñaló que estos beneficios le
permitirán a quienes tienen deudas en mora del 2012 y años anteriores obtener
descuentos hasta del 80% en los intereses, si paga el total de la obligación
principal, amás tardar el 31 de mayo de 2015, y del 60%, si el pago se realiza
entre el 01 de junio y el 23 de octubre de este año.
Rojas Arroyo explicó que cuando se trate de sanciones tributarias, aduaneras
ocambiaras, impuestas mediante resoluciones o actos administrativos, se
aplicarán descuentos del 50% sobre la misma sanción, si se paga, a más tardar, el
31 de mayo de 2015.
“Este es un gran beneficio paraquienes tienen este tipo de sanciones, pues
sólo tendrán que pagar el 50% si se realiza el pago oportunamente. Luego de esta
fecha, y hasta el 23 de octubre, el descuento será del 30%”, subrayó elDirector de
la DIAN.
Otros beneficios
La Reforma Tributaria también estableció la posibilidad para que los
contribuyentes omisos (que no hayan hecho el correspondiente pago y-o
declaración) o que tengandeclaraciones con errores y que no hayan sido
notificados con requerimientos especiales o emplazamientos por parte de la DIAN,
presenten la declaración inicial pagando la totalidad del impuesto otributo a cargo
sin sanciones, actualización, ni intereses de mora.
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Así mismo, la ley permitió que, hasta el 30 de septiembre de este año, los
ciudadanos realicen solicitudes de conciliación en...
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