beneficios e incentivos defensa integral
Artículo 35. Los beneficios e incentivos para los venezolanos y venezolanas que presten el servicio militar, son los siguientes:
1. El alistado o alistada que se encuentreen alguna misión social implementada por el Ejecutivo Nacional para el momento de su ingreso al servicio militar, permanecerá recibiendo los beneficios de la misma.
2. Garantía de permanencia en lasdiferentes misiones sociales implementadas por el Ejecutivo Nacional.
3. Pago de la ración mensual en función de la modalidad de prestación del servicio y jerarquía.
4. Posibilidad de ingreso aescuelas de formación de oficiales de comando y técnicos y a las escuelas de formación de tropa profesional.
5. Facilidades y apoyos para cursar estudios técnicos y universitarios.
6. Posibilidad deingreso como profesionales militares de la Milicia Bolivariana.
7. Asistencia médico odontológica.
8. Alojamiento confortable, vestuario y alimentación balanceada.
9. Seguro de vida; y Otrosbeneficios e incentivos que surjan como resultado de nuevos programas de tipo social que implemente el Ejecutivo Nacional.
AUTORIDADES PARA LA CONSCRIPCION Y EL ALISTAMIENTO
Artículo 22.- ElPresidente de la República es la máxima autoridad en materia de Conscripción y Alistamiento y ejercerá esta atribución por intermedio de los Ministerios de Relaciones Interiores y de la Defensa.
Artículo23.- El Ministerio de Relaciones Interiores ordenará los llamamientos y la conscripción en general a través de los Gobernadores de cada Entidad Federal, para asignar a las Fuerzas Armadas losefectivos necesarios.
Artículo 24.- El Ministerio de la Defensa de acuerdo a los requerimientos de las Fuerzas Armadas, recibirá de las autoridades civiles los contingentes para ser incorporados aaquéllas, función que realizará a través del Servicio de Alistamiento de las Fuerzas Armadas.
Artículo 25.- Los Gobernadores serán la máxima autoridad en materia de conscripción en sus respectivas...
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