bibliotecologia
Pueden ser usuarios de la Biblioteca Universitaria las personas no directamente vinculadas a la Universidad de León que necesiten usar los recursos de aquella,siempre que lo soliciten de manera justificada y previa autorización de la Directora. Podrán solicitar la tarjeta de usuario externo los antiguos alumnos de la Universidad de León, docentes einvestigadores que desempeñen sus tareas profesionales en León, y todos aquellos que precisen de la consulta de los recursos para fines de formación, investigación y docencia.
La Universidadpodrá establecer convenios o normas que validen como usuarios de pleno derecho a miembros de otras Instituciones o individuos que acrediten la necesidad de utilización de los servicios de laBiblioteca (Reglamento de la Biblioteca de la Universidad de León, art. 11).
La tarjeta de usuario externo tendrá una validez de 2 años
TÍTULO IV. USUARIOS Y SERVICIOS
Artículo 11.Usuarios
Tendrán consideración de usuarios:
a. De pleno derecho toda persona que sea miembro de la Comunidad Universitaria.
b. Las personas no vinculadas directamente a laUniversidad de León interesadas en la consulta de los fondos y en la utilización de los servicios de la Biblioteca Universitaria, podrán adquirir la condición de usuarios de plenoderecho en las condiciones que reglamentariamente se establezcan por la Comisión General de Bibliotecas.
c. La Universidad podrá establecer convenios o normas que validencomo usuarios de
pleno derecho a miembros de otras Instituciones o individuos que acrediten la
necesidad de utilización de los servicios de la Biblioteca.
Todos ellostendrán derecho a acceder a los fondos bibliográficos, y a utilizar todos los servicios que la Biblioteca de la Universidad de León ofrece, ajustándose a las normas establecidas.
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