Bien
Poder Judicial de Honduras
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Honduras, C. A.
LEY DE IMPUESTO AL ACTIVO NETO
DECRETO NÚMERO 137-94 EL CONGRESO NACIONAL
CONSIDERANDO: Que el Artículo 328 de la Constitución de la República, establece que el sistema económico de Honduras se fundamenta en principios de eficiencia en laproducción, de justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacional y en la coexistencia armónica de los factores de la producción que hagan posible la dignificación del trabajo y la plena realización de la persona humana; CONSIDERANDO: Que la tributación directa debe ser enmendada con el propósito de que la carga tributaria sea distribuida equitativamente entre los diferentes estratosociales y las personas naturales y jurídicas que realizan actividades mercantiles en el país; CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado, combatir la extrema pobreza, lo que hace preciso que los estratos con mayor capacidad económica coadyuven al logro de tal propósito a fin de mantener el clima social apropiado para el normal desenvolvimiento de la activada productiva; POR TANTO,
DECRETA:
Lasiguiente:
LEY DE IMPUESTO AL ACTIVO NETO
Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial
Poder Judicial de Honduras
ARTÍCULO 1. Créase un impuesto anual al Activo Neto radicado en Honduras de las personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de comerciantes según los términos del Código de Comercio. ARTÍCULO 2. El impuesto se pagará sin tener en cuenta la nacionalidad odomicilio de los titulares del activo, la región del País en que éste se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias análogas. ARTÍCULO 3. Por activo neto y para los efectos de este Decreto se entiende el valor monetario de los activos que figuran en el Balance General del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas porla Ley de Impuesto Sobre la Renta. ARTÍCULO 4. La tasa del impuesto será del uno por ciento (1%) anual y deberá pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del período fiscal común u ordinario o el especial autorizado por la Dirección General de Tributación para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta. ARTÍCULO 5. Los contribuyentes están obligados a presentar ante laDirección General de Tributación, por si o por medio de apoderado legal, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del correspondiente período fiscal, una declaración jurada de sus activos netos. La declaración estará acompañada de una copia del Balance General autorizado por Contador Público colegiado. ARTÍCULO 6. La declaración jurada será presentada en formularios especialespreparados por la Dirección General de Tributación, la que los podrá a disposición de los contribuyentes en forma gratuita con la anticipación necesaria para que puedan cumplir en tiempo su obligación tributaria. La falta de formularios para presentar la declaración jurada no exime a los responsables de su obligación tributaria. En tal caso formularán aquélla en papel corriente, pero consignando en lamisma la información exigida por la Dirección General de Tributación, a través de los formularios oficiales. Cuando el contribuyente no pueda presentar su declaración personalmente, podrá enviarla por medio de otro personal o por correo certificado. A las personas no residentes en el país la Dirección General podrá concederles una prórroga hasta de tres meses para que puedan cumplir con suobligación. La no presentación de la declaración jurada dentro de los plazos establecidos se sancionará con una multa igual a diez por ciento (10%) del impuesto a pagar. La omisión de la presentación de la declaración dará lugar a que la Dirección General de Tributación determine de oficio el activo neto y a la aplicación de una multa igual al cincuenta por ciento (50%) del monto del impuesto a pagar....
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