Bienes
1.- Reivindicación y acciones posesorias con sus concordancias.
La reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular de que no está enposesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela.
2.- Que bienes se pueden reivindicar:
Art. 934.- Pueden reivindicarse las cosas corporales, raíces y muebles.Exceptuase las cosas muebles cuyo poseedor las haya comprado en una feria, tienda, almacén, u otro establecimiento industrial en que se vendan cosas muebles de la misma clase.
Justificada estacircunstancia, no estará el poseedor obligado a restituir la cosa, si no se le reembolsa lo que haya dado por ella y lo que haya gastado en repararla y mejorarla-
3.-Esquema de la demanda de reivindicación:SEÑOR JUS DE LO CIVIL DE PICHINCHA
HOMERO JACINTO TRUJILLO VERNAZA Y LUZMILA JIMENEZ PAUTA en 64 y 54 años de edad, de estado civil casados, de ocupación empleado público yquehaceres domésticos, en su orden, domiciliado s en esta ciudad de Quito , por nuestro propio derecho y por los que tenemos en la conyugal, comparecemos con la siguiente demanda deReivindicación.
1.- De los accionados: Son el señor Wilter Andrade por su propio derecho y en su calidad de presidente de la liga barrial de Santa Clara, y todos y cada uno de sussocios , miembros e integrantes, cuya identidad desconocemos.
2.-Fundamentos de hecho:
2.1.- Por escritura pública celebrada el viernes 22 de mayo de 1992 ante el doctor Enrique Ballesteros,Notario Decimo Octavo de este cantón , por compra realizada a la sociedad Agrícola Rodeo pamba adquirimos el inmueble signado con el numero 13 de la intersección del pasaje LaureanoRodríguez y calle Rodrigo Araujo, de la manzana B de la Lotización o Barrio la Paulina, de la parroquia a de Chillogallo de esta ciudad de Quito.
2.2.- Aproximadamente en el año de...
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