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Páginas: 7 (1540 palabras) Publicado: 23 de noviembre de 2014
ORD. Nº 3317/160
Resulta improcedente impedir el uso de los permisos con goce de remuneraciones que contempla el artículo 40 de la ley 19.070, los días lunes o viernes, en días o fechas in-termedias entre festivos, en¬tre los festivos y los fines de semana, o exigir la presen-tación de la solicitud de per¬miso con 48 horas de anticipa¬ción y con expresión de funda¬mentos más allá de laexpre¬sión "motivos particulares".
ORD. Nº 3317/160
MAT.: Colegios Particulares Subvencionados. Dife-. Corporación Municipal. Permiso con Goce de Remuneraciones. Facultades del Empleador
RDIC.: Resulta improcedente impedir el uso de los permisos con goce de remuneraciones que contempla el artículo 40 de la ley 19.070, los días lunes o viernes, en días o fechas in¬termedias entre festivos, en¬tre losfestivos y los fines de semana, o exigir la presen¬tación de la solicitud de per¬miso con 48 horas de anticipa¬ción y con expresión de funda¬mentos más allá de la expre¬sión "motivos particulares".
ANT.: Presentación sin fecha de Sr. Presidente Comunal del Colegio de Profesores de Chile A.G., Comuna Renca.
FUENTES:
Ley Nº 19.070, artículo 40. Decreto Nº 453, artículo 95.
CONCORDANCIAS:
Dictamen Nº2838/132, de 27.¬07.2001.
SANTIAGO, 29 DE AGOSTO DEL 2001
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SR. FRANCISCO SEGUEL LEAL
PRESIDENTE COMUNAL COLEGIO DE PROFESORES DE CHILE A.G.
COMUNAL RENCA
Mediante presentación del anteceden¬te, se consulta si está ajustada a derecho la instrucción impartida por la Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca, a través de la cual se establece que lostrabajadores dependientes de la Corporación Municipal de Renca, deben presentar la solicitud de los Permisos Administrativos por escrito con una anticipación de a lo menos 48 horas, debiendo exponerse en forma precisa los motivos que fundamenten su petición y no podrá indicarse conceptos globales como, por ejemplo, "trámites persona¬les", por lo que sólo se autorizarán los permisos debidamentefundamentados y justifica¬dos y, en todo caso, no se autorizarían permisos solicitados para días o fechas intermedias entre festivos, entre los festivos y los fines de semana o los días lunes y lunes o viernes de cada semana, salvo urgencia extrema y justificada, limitando además el permiso a un día por solicitud o a la vez.
El ocurrente directivo gremial estima que esa instrucción unilateral de suempleador es ilegal, ya que con ello se infringen los artículos 40 y 46 del Estatuto Docente, 95 y 125 del Decreto Reglamentario 453 de 1991 y del Punto 8.2.1. del Reglamento Interno de la misma Corporación denunciada, porque de esa manera burocratiza y restringe hasta el extremo de hacer inoperante el beneficio de los permisos otorgados por la ley.
Al respecto, cúmpleme informar lo siguiente:
Elartículo 40 de la Ley 19.070 dispone:
"Los profesionales de la educación podrán solicitar permisos para ausentarse de sus labores por motivos particulares hasta por seis días hábiles en el año calendario, con goce de remuneraciones.
"Estos permisos podrán fraccionarse por días o medios días y serán concedidos o denegados por el Director del establecimiento.
"Asimismo, los profesionales de laeducación podrán solicitar permisos, sin goce de remuneraciones, por motivos particulares hasta por seis meses en cada año calenda¬rio y hasta por dos años para permanecer en el extranjero.
"Cuando el permiso que se solicite sea para realizar estudios de post-título o post-grado, éste podrá prorrogarse, por una única vez, hasta el doble del tiempo señalado en el inciso anterior.
"Para los efectos dela aplicación del artículo 48 de esta ley, no se considerará el tiempo durante el cual el profesional de la educación haya hecho uso de permiso sin goce de remuneraciones, a menos que acredite ante su empleador que ha desempeñado funciones profesionales definidas en el artículo 5º de esta ley, o ha realizado estudios de post-título o post-grado".
Por su parte, el artículo 95 del Decreto Nº...
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