Boe Baremo Accidentes De Trabajo
Viernes 22 abril 2005
integridad física del trabajador y aparezcan recogidas en
el baremo anejo a las disposiciones de desarrollo de dicha
Ley, serán indemnizadas, por una sola vez, con las cantidades alzadas que en el mismo se determinen, por la
entidad que estuviese obligada al pago de las prestaciones de incapacidad permanente, todo ello sin perjuicio
del derecho del trabajadora continuar al servicio de la
empresa.
El baremo a que se refiere la disposición legal citada
fue establecido por la Orden de 15 de abril de 1969, modificada por la Orden de 5 de abril de 1974. Posteriormente, la
Orden de 11 de mayo de 1988 revisó determinadas cuantías
del mismo, a fin de suprimir las discriminaciones, por
razón de sexo, existentes. Y la Orden de 16 de enero de
1991actualizó las cuantías de acuerdo con la evolución del
IPC correspondiente al período 1974 a 1990.
Dado el tiempo transcurrido desde la última actualización, resulta oportuno proceder a la modificación de las
cuantías de las indemnizaciones señaladas, fijando unos
nuevos importes en función de la evolución del IPC producido desde 1991.
En su virtud, he dispuesto:
BOE núm. 96
definitivo y noinvalidantes, causadas por accidentes de
trabajo o enfermedades profesionales, reguladas en el
artículo 150 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, quedan fijadas en los importes que se determinan en el anexo de la presente
Orden.
Disposición final primera. Facultades de aplicación.
Se faculta a la Secretaríade Estado de la Seguridad
Social para dictar las disposiciones necesarias para la
aplicación de la presente Orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día primero del
mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», con aplicación de las nuevas cuantías contenidas en el Anexo a la Orden a los hechos causantes que
seproduzcan a partir de la fecha indicada.
Madrid, 18 de abril de 2005.
Artículo único. Actualización de cuantías.
CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN
Las cuantías de las indemnizaciones por baremo de
las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter
Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social.
ANEXO
Cuantías de las indemnizaciones por baremo de las lesiones, mutilaciones y deformidades decarácter definitivo
y no invalidantes causadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social
Cuantía (euros)
I.
Cabeza y cara
1. Pérdida de sustancia ósea en la pared craneal, claramente apreciable por exploración clínica . . . . . .
2. Disminución de la agudeza visual de un ojo en menos del 50 por 100, siempre que con corrección no
alcance las sietedécimas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Disminución de la agudeza visual de un ojo en más del 50 por 100 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
4. Disminución de la agudeza visual en ambos ojos en menos del 50 por 100, siempre que con corrección no alcance en ambos ojos las siete décimas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Alteraciones de la voz y trastornos del lenguaje, conservándose voz social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
830 a 1.870
950
1.600
2.020
600 a 2.020
Nota. La agudeza visual se especificará siempre con arreglo a la escala de Wecker, con y sin corrección
óptica.
1.º Órganos de la audición:6.
7.
8.
9.
10.
11.
Pérdida de una oreja . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pérdida de las dos orejas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Hipoacusia que no afecta la zona conversacional en un oído,...
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