BOE A 1990 6396 Consolidado

Páginas: 95 (23693 palabras) Publicado: 15 de abril de 2015
LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE
VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL
TÍTULO PRELIMINAR
Objeto de la Ley y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. La presente Leytiene por objeto establecer una regulación legal en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
2. A tal efecto, la presente Ley regula:
a) Competencias que corresponden en tales materias a la Administración del Estado, así como a las Entidades Locales.
b) Las normas de circulación para los vehículos
c) Los elementos de seguridad activa y pasiva y su régimen deutilización,
d) Los criterios de señalización de las vías de utilización general.
e) Las infracciones

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional












TÍTULO I
Del ejercicio y la coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
CAPÍTULO I
Competencias
Artículo 4. Competencias de laAdministración General del Estado.
Corresponderá a la Administración del Estado:
a) La facultad de determinar la normativa técnica básica
b) La previa homologación, en su caso, de los elementos de los vehículos, remolques y semirremolques que afecten a la seguridad vial, así como la facultad de dictar instrucciones y directrices en materia de inspección técnica de vehículos.
c) La publicación delas normas básicas y mínimas para la programación de la educación vial en las distintas modalidades de la enseñanza.
d) La aprobación del cuadro de las enfermedades y defectos físicos y psíquicos que inhabilitan para conducir.
e) La determinación de las drogas, estupefacientes, productos psicotrópicos y estimulantes u otras sustancias análogas que puedan afectar a la conducción.
f) La coordinaciónde la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público.
g) La facultad de regular aquellas actividades industriales que tengan una incidencia directa sobre la seguridad vial.
h) La regulación del transporte de personas y, señaladamente, el de menores y el transporte escolar, a los efectos relacionados con la seguridad vial.
i) La regulación del transporte de mercancíaspeligrosas, perecederas.

Artículo 5. Competencias del Ministerio del Interior.
Se atribuyen al Ministerio del Interior las siguientes:
a) Expedir y revisar los permisos y licencias para conducir así como la anulación, intervención, revocación y, en su caso, suspensión de aquéllos.
b) Canjear, los permisos para conducir expedidos en el ámbito militar y policial.
c) Conceder las autorizaciones deapertura de centros de formación de conductores.
d) La matriculación y expedición de los permisos o licencias de circulación.
e) Expedir las autorizaciones o permisos temporales y provisionales.
f) Los registros de vehículos, de conductores e infractores.
g) La vigilancia y disciplina del tráfico en toda clase de vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local.
h) La denuncia ysanción de las infracciones por incumplimiento de la obligación de someterse a la inspección técnica de vehículos
i) La regulación, gestión y control del tráfico en vías interurbanas y en travesías.
j) Cerrar a la circulación carreteras o tramos de ellas por razones de seguridad o fluidez.
ñ) La coordinación de la estadística y la investigación de accidentes de tráfico.
k) La realización de las pruebas,para determinar el grado de intoxicación alcohólica, o por estupefacientes.
l) Contratar la gestión de los cursos de sensibilización y reeducación vial

Artículo 6. Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
1. El Ministerio del Interior ejerce las competencias relacionadas en el artículo anterior a través del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.

Artículo 7. Competencias...
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