BOE A 2011 19533

Páginas: 123 (30736 palabras) Publicado: 7 de mayo de 2015
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Jueves 15 de diciembre de 2011

Sec. I. Pág. 136657

I.  DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Real Decreto 1584/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título
de Técnico Superior en Administración y Finanzas y se fijan sus enseñanzas
mínimas.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que
elGobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones
correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos
del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación
Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de
conformidad con lo dispuestoen el artículo 149.1.30.º y 7.º de la Constitución y previa
consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los
certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional
referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y la Ley Orgánica 4/2011, de
11 de marzo,complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican
las Leyes Orgánicas 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y
2/2006, de Educación, han introducido un ambicioso conjunto de cambios legislativos
necesarios para incentivar y acelerar el desarrollo de una economía más competitiva,
más innovadora, capaz de renovar los sectores productivos tradicionales yabrirse camino
hacia las nuevas actividades demandantes de empleo, estables y de calidad.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenación general de la
formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 9 la estructura de los
títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por laUnión Europea y otros aspectos
de interés social.
Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos
títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y
sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cadatítulo
incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los
títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades
demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan
ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las
ComunidadesAutónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de
títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos
otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a
las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo
que aseguren una formación común y garanticen lavalidez de los títulos, en cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil
profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las
enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las
unidadesde competencia para su acreditación, convalidación o exención, y los
parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos,
titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia),
previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

cve: BOE-A-2011-19533...
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