Bole-Bavennif4V1
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
BOLETIN DE APLICACIÓN VEN-NIF Nº 4 (BA VEN-NIF 4)
DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE AUTORIZACIÓN DE LOS
ESTADOS FINANCIEROS PARA SU PUBLICACIÓN, EN EL
MARCO DE LAS REGULACIONES CONTENIDAS EN EL
CÓDIGO DE COMERCIO VENEZOLANO
(BA VEN-NIF 4)
Versión 0: Directorio Nacional Ampliado agosto 2009
Versión 1:Directorio Nacional Ampliado marzo 2011
COMITÉ PERMANENTE DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD
BA EN-NIF 4 –Versión 1 Página 2
DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE AUTORIZACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA SU PUBLICACIÓN,
EN EL MARCO DE LAS REGULACIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO VENEZOLANO
DIRECTORIO NACIONAL AMPLIADO LA PUERTA, ESTADO TRUJILLO
(VIERNES 18 Y SÁBADO 19 DE MARZO DE 2011)
ElDirectorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de la
República Bolivariana de Venezuela, en cumplimiento con lo aprobado en la
Sesión Plenaria del Directorio Nacional Ampliado reunido en La Puerta, estado
Trujillo.
CONSIDERANDO
Que en el Código de Comercio Venezolano se establecen preceptos para la
aprobación de los estados financieros emitidos por entidades sujeta a susdisposiciones..
.CONSIDERANDO
Que en los principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela
(VEN-NIF) se establecen las disposiciones para la preparación y presentación del
conjunto completo de estados financieros a ser presentados por la gerencia a la
máxima autoridad del ente que informa, para su consideración.
CONSIDERANDO
Que es preciso mantener concordancia entre la preparación ypresentación de
información financiera y el entorno económico y legal venezolano.
Emite la versión N° 1 del Boletín de Aplicación VEN-NIF Nº 4 (BA VEN-NIF 4)
“Determinación de la Fecha de Autorización de los Estados Financieros para su
Publicación, en el Marco de las Regulaciones contenidas en el Código de
Comercio venezolano”, en los siguientes términos:
ANTECEDENTES
1. El Código deComercio Venezolano establece las siguientes regulaciones
relativas a la información financiera que debe preparar toda entidad sujeta a
dicha normativa:
1.1. Los administradores presentarán a los Comisarios, con un mes de
anticipación al día de la asamblea el Balance. (Art 304)
1.2. Todo accionista tiene derecho, 15 días antes de la asamblea, a examinar
los estados financieros y el informe delComisario. (Art. 284)
1.3. La asamblea ordinaria de accionistas discute y aprueba o modifica el
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DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE AUTORIZACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PARA SU PUBLICACIÓN,
EN EL MARCO DE LAS REGULACIONES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO VENEZOLANO
balance. (Art. 275)
1.4. Dentro de los 10 días siguientes a la aprobación del balance deberápresentarse una copia junto con el informe del Comisario y el acta de
asamblea, al Juez de Comercio o Registrador Mercantil para que se
agregue al expediente de la entidad. (Art. 329)
2. La NIC 10 y la Sección 32 de la NIIF para las PYMES “Hechos Ocurridos
Después del Periodo sobre el que se Informa” es aplicable en Venezuela de
acuerdo a lo establecido en los Boletines de Aplicación BA VEN NIF 0,versión
5 y BA VEN NIF 8, versión 0.
3. La NIC 10 y la Sección 32 de la NIIF para las PYMES establece que los
eventos, tanto favorables como desfavorables, ocurridos entre el final del
periodo sobre el que informa y la fecha de autorización de los estados
financieros para su publicación, constituyen hechos ocurridos después del
periodo sobre el que informa.
4. Toda entidad venezolanaregulada por las disposiciones establecidas en el
Código de Comercio debe ajustar sus disposiciones estatutarias a la
normativa contenida en el referido Código, entre la que se incluye definir
claramente la fecha de cierre del ejercicio contable.
5. Los principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela,
requieren determinar el periodo posterior al cierre de ejercicio a que se refiere...
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