BOLETÍN B-10
NIF B‐10
EFECTOS DE LA INFLACIÓN
Los cambios más importantes que presenta esta norma con respecto al Boletín
B‐10 son los siguientes:
a) Índice de precios. Para efectos de determinar la inflación en un periodo determinado, se incorpora la posibilidad de elegir, con base en el juicio profesional, entre utilizar el INPC y
el valor de las Unidades de Inversión (UDI). Esta opción se establece debido a que las UDI
son una derivación del propio INPC, con la ventaja de que su uso permite emitir estados
financieros con mayor oportunidad
b) Valuación de inventarios a costos de reposición (costos específicos)‐ se elimina de esta
norma el tema de valuación de inventarios a costo de reposición, por tal razón, la
valuación de este concepto debe atender a lo que establece la NIF relativa a inventarios
c) Valuación de activos fijos de procedencia extranjera‐ se deroga el método de valuación de
activos de procedencia extranjera (indización específica) que estableció el Quinto
Documento de Adecuaciones al Boletín B‐10. Esto se debe a que dicho método no está
sustentado en el A‐6, Reconocimiento y Valuación, la cual a su vez, está en convergencia
con las NIF
d) Entornos económicos‐ se establecen dos entornos económicos en los que puede operar la
entidad en determinado momento: a) inflacionario, cuando la inflación es igual o mayor que el 26% acumulado en los tres ejercicios anuales anteriores (promedio anual de 8%) y
b) no inflacionario, cuando la inflación es menor que dicho 26% acumulado.
e) Métodos de re expresión‐ dependiendo del tipo de entorno en el que opera la entidad, se
establece lo siguiente: a) en un entorno inflacionario, deben reconocerse los efectos de la
inflación en la información financiera aplicando el método integral y b) en un entorno no inflacionario, no deben reconocerse los efectos de la inflación del periodo;
f) Desconexión de la contabilidad inflacionaria‐ se establece que ante el cambio de un
entorno económico inflacionario a uno no inflacionario, no deben reconocerse los efectos
de la inflación del período que, aunque en mínimo grado, pueden existir en este tipo de entorno (desconexión de la contabilidad inflacionaria);
g) Reconexión de la contabilidad inflacionaria‐ ante el cambio de un entorno económico no
inflacionario a uno inflacionario, se establece que deben reconocerse los efectos
acumulados de la inflación no reconocida en los periodos en los que el entorno fue
calificado como no inflacionario. Con base en la NIF B‐1, Cambios contables y correcciones de errores, dicha reconexión debe hacerse de manera retrospectiva;
h) Resultado por tenencia de activos no monetarios (RETANM)‐ en párrafos transitorios, se
requiere, en relación con el RETANM acumulado a la fecha de entrada en vigor de esta
NIF, lo siguiente: a) reclasificarlo a resultados acumulados, si es que se identifica como realizado; y b) si es que no está realizado todavía, se requiere mantenerlo en el ca
1
Apuntes CAEF NIF B‐10 Efectos de la Inflación
Definiciones
Son definiciones de esta NIF, las siguientes:
a) Entorno económico ‐ es el ambiente económico en el que opera una
entidad, el cual, en determinado momento, puede ser: i. inflacionario ‐ cuando los niveles de inflación provocan que la moneda local
se deprecie de manera importante en su poder adquisitivo y, en el presente, puede dejarse de
considerar como referente para liquidar transacciones económicas ocurridas en el pasado;
además, el impacto de dicha inflación incide en el corto plazo en los indicadores económicos, tales
como, tipos de ...
Regístrate para leer el documento completo.