Bolilla uno parte general-Teoría de los Contratos-Juan Manuel Aparicio.Resumen.
Originariamente el contrato era un mero formalismo, para llegar a un acuerdo de voluntades.
En el periodo clásico, los contratos respondían a un molde, prefijado de antemano por la ley.No podía modificarse en base a la voluntad de partes.
Si no se respetaba esa forma el negocio no producía sus efectosjurídicos.Condicionaba estrictamente la voluntad de las partes.
Esta concepción se fue perdiendo en el tiempo y se incorporaron otras figuras, que al principio no tenían una validez considerable(pactos).
Pactos envestidos o desnudos, según la acción que tenían.Es decir si estaban desprovistos de acción o no, generando obligaciones solo morales y no legales.
En la edad moderna , a través de la escuela iusfilosófica, manifestó que la taxatividad no era el modo de proceder, sino a través de la voluntad de las partes.
Lo cual hizo variar la concepción del contrato, teniendo en cuenta al sujeto, como autor y creador de este acuerdo.(concepción antropocéntrica)
Deja de nacer de las puras formas, y pasa tomar mucha importancia la voluntad humana como generadora del contrato, buscando satisfacerintereses y necesidades.
Tuvo relevancia en el código civil francés 1864 y en el italiano en 1865.
De la noción de contrato ius naturalista del siglo 16 y 18 surgen diferentes elementos,
No todo acuerdo de voluntad es un contrato, requiere algo mas, es decir provocar efectos jurídicos.
El acto jurídico tiene como una de sus especies al contrato.
En el 1137 me especifica los elementos estructuralesque no pueden faltar en un contrato:
Varias personas se ponen de acuerdo: es un producto humano, dos o mas se requieren.
Las personas son inexorables en el mismo.
Deben ser validos.
Los autores hablan de polos con intereses patrimoniales y jurídicos contrapuestos.
Consiguen superar esas diferencias a través de este instrumento.
Son intereses patrimoniales,se dan en contratos creditorios.Partes de un contrato, son los polos con intereses jurídicos contrapuestos, pueden estar representado por uno o varias personas y a su vez pueden coincidir o no con el sujeto.
El sujeto de la voluntad a veces no coincide con el sujeto del interés.
Cuando el código dice varias personas hace referencia al concepto de partes.
Existen posibilidades de que en el contrato no haya dospartes(Institución de la representación)
Nadie puede contratar consigo mismo. Es aceptada por algunas legislaciones.
Es posible a través del instituto de la representación,
Que un mismo señor represente a dos partes con intereses jurídicos contrapuestos.
El 1908 establece un límite para estos supuestos el mandatario debe apartarse cuando los intereses propios entren en colisión con los del demandado.Generalmente la parte aparece como suscriptor del contrato, con sus derechos.
Declaración de voluntad común(consentimiento) : es la amalgama entre ambas y el nacimiento de una tercera que es el fruto de haberse puesto de acuerdo.
No es la suma de la de ellos que da la tercera, es la yuxtaposición.
Generalmente son la oferta(declaración unilateral de la voluntad en al cual una persona le propone aotra la celebración de un contrato) y la aceptación,pero,tienen diferentes variantes según el contrato.
En caso de los contratos de adhesión:
Tesis anticontractualista: no hay una unión entre ambos, hay una imposición.
Como la otra parte no colabora , no habrá un contrato.
Contractualista: es la forma de prestar su consentimiento.
Eclécticas o mixtas: esta a mitad de camino , se acerca masa los contratos de derecho publico(concesión)
Destinado a reglar derechos: no se hace con cualquier finalidad, sino con la finalidad de generar derechos a cumplir y obligaciones a satisfacer.
_Requisitos o elementos estructurales de existencia, a punto tal que si falta uno de ellos no esta.
1. Pluralidad de partes
2. Declaración de voluntad común
3. Destinada a reglar derechos,
Distinto...
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