Bolivia

Páginas: 153 (38198 palabras) Publicado: 16 de junio de 2015
Bolivia: Código Mercantil, 13 de noviembre de 1834
ANDRÉS SANTA-CRUZ 
CAPITAN GENERAL DE LOS EJÉRCITOS DE LA REPÚBLICA, GRAN CIUDADANO, RESTAURADOR DE LA PATRIA Y PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE BOLIVIA 
Hacemos saber á todos los bolivianos, que el Congreso ha decretado, y Nos publicamos el siguiente 
CÓDIGO MERCANTIL 
LA CAMARA DE SENADORES, CON LA APROBACION DE LA DE REPRESENTANTES 
DECRETA
Libro1
Disposiciones preliminares
Título 1
De los agentes principales del comercio, y sus obligaciones
Capítulo 1
De los comerciantes
Artículo 1°.- Comerciante es el que inscrito en la matrícula del gremio, emplea su capital en negociar con mercaderías, letras ú otros valores, ocupándose habitualmente de este giro con el objeto de lucrar.
Artículo 2°.- Todo boliviano capaz de obligarse, segun elCódigo civil, puede ser comerciante, exepto:
1. Los funcionarios públicos en el lugar en que ejercen su cargo, a no ser que este sea consejil.
2. Los eclesiásticos.
3. Los militares en servicio.
4. Los infames declarados.
5. Los quebrados, mientras no obtengan rehabilitacion.
6. Los menores, aunque sean emancipados, entre tanto no cumplan la edad de veintiun años.
Artículo 3°.- La mu*er casada mayor deveinte años podrá ser comerciante, siempre que la autorize [su marido por escritura pública, ó bien cuando se halle separada de él por sentencia ejecutoriada en juicio de divorcio.
Artículo 4°.- Si en la escritura de autorizacion no hubiese obtenido la mujer casada la facultad de hipotecar los bienes inmuebles del marido, ó los comunes á ambos, tan solo quedarán obligados a las resultas del giroque ella establezca, los dotales y parafernales.
Artículo 5°.- Los comerciantes bolivianos podrán negociar en la República libremente por mayor y por menor; mas el que negociare por mayor, no podrá hacerlo por menor al mismo tiempo.
Artículo 6°.- Los extrangeros podrán comerciar en la República, segun se conviniere por tratados con sus respectivos Gobiernos: en su defecto, solo les será lícitonegociar por mayor, bajo la multa de ciento a quinientos pesos, a mas de no producir accion alguna civil el contrato estipulado en contravencion de este artículo.
Artículo 7°.- Las penas del artículo precedente son tambien aplicables a los bolivianos que hagan profesion del comercio por mayor.
Capítulo 2
De la matrícula de los comerciantes
Artículo 8°.- Los comerciantes de la República formarángremio: a este fin habrá en cada capital de departamento un libro de matrícula general, y en las de provincia otro de particular, en que se inscriban sus nombres, sin cuya calidad no podrán pertenecer al gremio. Los libros de matrículas se llevarán por; el Intendente de Policía j Gobernadores respectivamente.
Artículo 9°.- No podrán ser inscritos en la matrícula, sino los comerciantes'que tengan engiro, ó lé destinen para emprenderlo, .el capital de cuatro mil pesos arriba.
Artículo 10°.- Cualquiera que pretenda comerciar en la capital de algun departamento, deberá presentarse al Intendente de policía por. escrito, en que espresará su nombre, domicilio y estado, su ánimo de emprender el giro, el capital que le dedica, y si lo ha de ejercer por mayor ó por menor.
Artículo 11°.- El escrito de quehabla el artículo anterior, se presentará con visto bueno de la Junta mercantil, quien no podrá rehusarle, sino en el caso de que el pretendiente tenga algun óbice legal.
Artículo 12°.- A solo este escrito presentado con el visto bueno, proveerá el Intendente de policía, que el interesado sea inscrito en la matrícula; y lo verificará así, expidiéndole un certificado de inscripcion, y archivandoel actuado original.s.
Artículo 13°.- Los que quieran ejercer el comercio en una provincia, harán ante el Gobernador la presentacion prevenida en el artículo 10, con "visto bueno del Procurador, el cual observará lo propio que se ordena a la Junta. El Gobernador procederá en todo como el Intendente, a quien remitirá un duplicado del certificado de inscripcion, a fin de que inserte el nombre del...
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