bono por antiguedad
BONO POR ANTIGÜEDAD
ACUERDO GUBERNATIVO 838-92 *
Palacio Nacional: Guatemala, 14 de octubre de 1992
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es deber fundamental del Gobierno establecer incentivos para los servidores de la
Administración Pública a efecto de generar en los mismos un alto grado de motivación
que permita que el cumplimiento de sus deberesy obligaciones se desarrolle en forma
eficaz y eficiente.
CONSIDERANDO:
Que uno de los compromisos contraídos por la Comisión de Alto Nivel que representó al
Gobierno de la República durante el diálogo y negociación sostenido con los
representantes de los trabajadores del Estado, está el de otorgar un "Bono por
Antigüedad" a los servidores del Organismo Ejecutivo, con el propósito de fortalecerla
carrera administrativa de los mismos a través del establecimiento de incentivos
salariales por antigüedad que les permita desempeñar con alto espíritu de servicio las
funciones inherentes a sus puestos de trabajo;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la disponibilidad financiera del Estado y la situación económica
del país, debe darle cumplimiento a los principios de equidad y justicia social,mejorando el nivel de vida de los trabajadores del Estado y el de sus respectivas
familias; es atendible crear el "Bono por Antigüedad", en espera que los servidores del
Organismo Ejecutivo continúen prestando sus servicios con la debida responsabilidad y
prontitud, contribuyendo de esa manera a alcanzar el desarrollo y progreso del país;
CONSIDERANDO:
Que con base a lo expuesto, se hace necesarioemitir la disposición legal por medio de
la cual se proceda a crear el "Bono por Antigüedad", que represente una asignación por
tiempo de servicio ininterrumpido en la Administración Pública, así como establecer las
normas que regularán su aplicación.
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Publicado en el Diario de Centro América el 15 de octubre de 1992.
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OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL
POR TANTO:
En uso de las facultadesque le confiere el Artículo 183 incisos e) y h) de la Constitución
Política de la República de Guatemala;
EN CONSEJO DE MINISTROS
ACUERDA:
Artículo 1. LA CREACIÓN DEL “BONO POR ANTIGÜEDAD". Establecer el "Bono
por Antigüedad", el cual con excepción de quienes desempeñen puestos de
profesionales, y aquellos comprendidos en el Decreto 1485 del Congreso de la
República, Ley de Catalogación yDignificación del Magisterio Nacional, se otorgará
mensualmente a los servidores públicos del Organismo Ejecutivo con cargo a los
renglones presupuestarios 011, 021, 022, 029, 041 y 049, 1 una asignación por año de
servicios, la cual surtirá efectos a partir del 1 de junio de 1992, y se hará efectivo en el
momento que se cuente con la base de datos que permita su aplicación.
Artículo 2. NATURALEZAJURÍDICA: La prestación laboral a que se refiere el artículo
anterior, se derivó del convenio de fecha 21 de julio de 1992, celebrado entre los
representantes de las organizaciones sindicales del Estado la Comisión de alto Nivel
que representó al Gobierno de la República, cuyo objetivo primordial consiste en
reconocer a los servidores públicos el tiempo que presten sus servicios personales en
elOrganismo Ejecutivo.
Artículo 3. DE LA ESCALA. El "Bono por Antigüedad" será pagado de conformidad
con la siguiente escala:
TIEMPO DE SERVICIO ININTERRUMPIDO
ASIGNACION
MENSUAL
a) De más de (5) años a diez (10) años de servicio:
Q 35.00
b) De más de (10) años a veinte (20) años de servicio:
Q 50.00
c) De más de (20) años de servicio:
Q 75.00
Artículo 4. OTORGAMIENTO DEL "BONO POR ANTIGÜEDAD".Para el pago y
otorgamiento del "Bono por Antigüedad", deberá observarse las siguientes normas:
1
Ver Definiciones de Renglones Presupuestarios en este compendio.
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OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL
I
El "Bono por Antigüedad" se concederá a cada uno de los servidores del Organismo
Ejecutivo que ocupan un puesto en la administración pública, debiendo considerarse
para el cómputo de tiempo...
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