Bosques. Derecho Argentino
13273: BOSQUE: Toda formación leñosa natural o artificial. (Bosque como recurso económico)
26331: BOSQUE NATIVO: Ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente porespecies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea. (Bosque entendido en relación con el ambiente)
Clasificacion:
13273:1-Protectores: aquellos que por su ubicación protegen otros recursos
2-Permanentes: Aquellos en los que no se puede llevar adelante ningún tipo de explotación o proceso productivo
[Son de utilidadpublica y sujetos a expropiación-Regimen especial: avisar la venta o cambio de régimen, conservar y reponlar el bosque, realizar la expliacion confome lasnormas, conseguir autorización previa para elpastoreo o trabajos en el suelo/subsuelo, permitir a la autoridad forestal realizar tareas de forestación/reforestacion]
3-Montes especiales: de propiedad privada, ornamentales o protectores de viviendas4-Experimentales: implantado para probar/experimentar la inclusión de nuevas especies
5-De producción: Artificiales o nativos destinados a explotación.
*todos sometidos un régimen común : ph ladesvatación de bosques y tierras forestales y la utilización irracional de productos forestales. Forestación y reforestación de los bosques protectores puede realizarse por el E con consentimientodel dueño de la tierras, por el propietario directamente, o previa expropiación. Si el propietario enajena o explota el bosque debe devolverle al Estado los aportes que haya hecho en él. Puedereclamarse la conservación de ciertos arboles mediante indemnización.
26331:
-Primarios (donde no intervino el hombre) y secundarios (donde si intervino).
Ley 26331 de presupuestos minimos de BosquesNativos:
*Quedan exceptuados de la aplicación de la ley todos aquellos aprovechamientos realizados en superficies menores a DIEZ (10) hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o de...
Regístrate para leer el documento completo.